El acoso por las redes sociales.

El presente título académico, tiene como finalidad proponer que el Ciberbullying, sea considerado como un delito cibernético que tenga una sanción penal, que exista un proyecto de ley o que se dé una reforma e involucren al acoso y/o hostigamiento en nuestro Código Orgánico Integral Penal en su artí...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Zapata Villacis, Meybol Betzabeth (author)
Formato: bachelorThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/9494
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Descripción
Sumario:El presente título académico, tiene como finalidad proponer que el Ciberbullying, sea considerado como un delito cibernético que tenga una sanción penal, que exista un proyecto de ley o que se dé una reforma e involucren al acoso y/o hostigamiento en nuestro Código Orgánico Integral Penal en su artículo número 178 el mismo que interpretándolo jurídicamente deja un vacío legal, al no tipificar a esta clase de conducta como un maltrato verbal que afecta el área emocional de las víctimas, se deja impune un delito que atenta contra la moral, para el cual, debe haber una sanción en nuestras leyes ecuatorianas porque son delitos reales, tangibles y se pueden verificar, y una vez consideradas en el Código Orgánico Integral Penal sean difundidas en nuestra sociedad, logrando parar con este tipo de abuso en todo tipo, maltrato y discriminación.