La aplicación de la prisión preventiva en el Ecuador con relación a los delitos con penas inferiores a cinco años.
Como antecedente, la prisión preventiva, no se aplica de última ratio, no se pondera el riesgo procesal, sino el riesgo material, la misma que solamente debe proceder cuando las demás medidas cautelares son insuficientes, es decir, solo cuando su aplicación implique ser necesaria. Lamentablemente es...
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| Hovedforfatter: | |
|---|---|
| Format: | masterThesis |
| Sprog: | spa |
| Udgivet: |
2022
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| Fag: | |
| Online adgang: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19080 |
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| Summary: | Como antecedente, la prisión preventiva, no se aplica de última ratio, no se pondera el riesgo procesal, sino el riesgo material, la misma que solamente debe proceder cuando las demás medidas cautelares son insuficientes, es decir, solo cuando su aplicación implique ser necesaria. Lamentablemente este precepto en la actualidad no se cumple, la mayoría de los operadores de justicia optan por aplicar la prisión preventiva en delitos de menor impacto social, de manera que, al restringir el derecho a la libertad, se convierte en una pena a futuro y no del presente. En casos de delitos leves y expectativas de penas insignificantes, la prisión preventiva es improcedente. La presente investigación tuvo como objetivo analizar la aplicación de la prisión preventiva en el Ecuador, con relación a los delitos inferiores a cinco años de pena privativa de libertad, tipificados en la normativa penal vigente, para ello se fundamentaron los presupuestos doctrinales en la aplicación de medidas cautelares y prisión preventiva, se concretó dentro del derecho comparado un análisis de la legislación Mexicana, Española, Argentina, Colombiana y Ecuatoriana, se efectuó un análisis de precedentes, jurisprudenciales, judiciales con relación a fallos de primera instancia vinculados a la prisión preventiva, en delitos menores a cinco años de pena privativa de libertad. La metodología utilizada estuvo basada en el enfoque mixto con la finalidad de poder lograr una mayor profundidad sobre el problema investigado, se aplicó el enfoque cuantitativo al momento de efectuar los análisis de las encuestas y entrevistas aplicadas, por otra parte, se utilizó el enfoque cualitativo al momento de efectuar los análisis sobre la normativa legal vigente. Los resultados demostraron que se hace necesario en el ordenamiento jurídico ecuatoriano no aplicar la prisión preventiva en delitos con penas inferiores a cinco años. En conclusión, se propuso efectuar una modificación del numeral 4 del Artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal, a los fines que solo pueda aplicarse a infracciones sancionadas con una pena privativa de libertad superior a cinco años. |
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