La problemática de probar el estado del abandono como causa de indignidad para suceder.

El presente trabajo analiza la necesidad de incorporar el abandono como causal de indignidad para suceder al causante, considerando que las personas de atención prioritaria, especialmente adultas mayores, requieren cuidado y atención adecuada para impedir situaciones que pongan en riesgo su salud y...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Vera Olivares, María Isabella (author)
Materiálatiipa: bachelorThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2023
Fáttát:
Liŋkkat:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22053
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:El presente trabajo analiza la necesidad de incorporar el abandono como causal de indignidad para suceder al causante, considerando que las personas de atención prioritaria, especialmente adultas mayores, requieren cuidado y atención adecuada para impedir situaciones que pongan en riesgo su salud y vida. Dentro de las causales de indignidad no se encuentra el abandono, sin embargo, si consta tipificado el abandono como delito en el numeral 3 del Art. 153 del Código Integral Penal imponiendo una pena privativa de libertad de uno a tres años al autor del delito. Actualmente en Ecuador se ha incrementado el porcentaje de abandono, negligencia y maltrato al adulto mayor, discapacitados y personas vulnerables, esta situación requiere la incorporación de este delito como causal de indignidad, constituyendo una medida que procure el cumplimiento de las obligaciones propias del parentesco.