Restricción del ejercicio de la acción de protección respecto de las actos administrativos.

A modo de resumen es fundamental poder dilucidar el alcance del uso de la acción de protección ya que desde su nacimiento e inclusive su antecedente (el amparo constitucional), se ha restringido su ejercicio por normas secundarias, impidiendo así, tutelar los derechos vulnerados por actos administra...

Descrición completa

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Fiallos Martillo, Jaime Carlos (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2016
Subjects:
Acceso en liña:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7117
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Descripción
Summary:A modo de resumen es fundamental poder dilucidar el alcance del uso de la acción de protección ya que desde su nacimiento e inclusive su antecedente (el amparo constitucional), se ha restringido su ejercicio por normas secundarias, impidiendo así, tutelar los derechos vulnerados por actos administrativos; y sumado a esto la errónea aplicación de los jueces que impiden el cumplimiento del fin esencial de esta garantía jurisdiccional el cual consiste en el amparo directo y eficaz de los derechos fundamentales. Se hacen claras distinciones entre lo dispuesto por la carta fundamental y la ley orgánica de garantías jurisdiccionales y control constitucional respecto de la acción de protección ya que se evidencia una serie de contradicciones que atentan el principio de supremacía constitucional. Además queda establecido que la naturaleza de la acción de protección es alternativa y no subsidiaria ya que hasta la actualidad no existen mecanismos procesales que otorguen iguales o mayores beneficios procesales; y se resalta la altísima responsabilidad que tienen los operadores de justicia (jueces) al momento de discernir el mecanismo idóneo para la tutela de los derechos vulnerados.