Ejecución de las obligaciones de; dar, hacer y no hacer conforme al Código Orgánico General de Procesos.

Nuestro país es declarado a través de la Constitución de la República del Ecuador como un Estado constitucional de Derechos y Justicia, cuyo objetivo es velar y precautelar el cumplimiento y la protección de las personas sin alguna distinción, cumpliendo con los derechos que exige la sociedad al Est...

Ful tanımlama

Kaydedildi:
Detaylı Bibliyografya
Yazar: Vinueza Quinde, Joselyne Dayanna (author)
Materyal Türü: bachelorThesis
Dil:spa
Baskı/Yayın Bilgisi: 2020
Konular:
Online Erişim:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/14541
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Özet:Nuestro país es declarado a través de la Constitución de la República del Ecuador como un Estado constitucional de Derechos y Justicia, cuyo objetivo es velar y precautelar el cumplimiento y la protección de las personas sin alguna distinción, cumpliendo con los derechos que exige la sociedad al Estado a través de sus operadores de justicia. Es por esto que, se ha creado normativas determinantes, entre ellas, está el Código Orgánico General de Procesos encargado de regular títulos de ejecución. A fin de determinar el conjunto de actos procesales para hacer cumplir las obligaciones contenidas en un título de ejecución. Para el efecto, se cuenta con dos partes, el acreedor y el deudor. Como el acreedor no puede hacer justicia por mano propia, existe la función judicial que obligue coercitivamente los medios legales con el propósito que el deudor cumpla con su obligación. El fin, de este trabajo es señalar la forma de ejecución de las obligaciones tanto de dar, hacer y no hacer.