La competencia de la justicia ordinaria en relación a la justicia indígena.
El sistema de ordenamiento jurídico ecuatoriano prescrita en la Constitución de la República, como norma suprema, y el Código Orgánico, como norma secundaria, prescriben que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial. Bajo esta premisa, la...
-д хадгалсан:
| Үндсэн зохиолч: | |
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| Формат: | bachelorThesis |
| Хэл сонгох: | spa |
| Хэвлэсэн: |
2016
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| Нөхцлүүд: | |
| Онлайн хандалт: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7164 |
| Шошгууд: |
Шошго нэмэх
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| Тойм: | El sistema de ordenamiento jurídico ecuatoriano prescrita en la Constitución de la República, como norma suprema, y el Código Orgánico, como norma secundaria, prescriben que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial. Bajo esta premisa, la operación del sistema judicial vincula y se manifiesta por intermedio de varios elementos sustantivos, entre las principales la competencia y la jurisdicción, considerando que la competencia, según varios tratadistas, es la facultad de un juez, que en representación del Estado administra justicia; es decir, la competencia es la idoneidad, aptitud y la capacidad que concede a una autoridad judicial sobre una materia o asunto, concediendo el derecho para actuar. La universalización de los derechos humanos conllevó a que la Constitución, vigente, establezca en su ordenamiento la institución de la Función Judicial y justicia indígena, confiriendo la función jurisdiccional a los pueblos y nacionalidades indígenas para administrar justicia, con base en su derecho consuetudinario. La práctica del pluralismo jurídico en el Estado ecuatoriano requiere profundizar su aplicación, conforme a lo establecido en los Instrumentos Internacionales, como el Convenio 169, de la OIT, y la necesidad imperiosa de la expedición de una normativa que permita coordinar y cooperar entre el sistema judicial ordinario y la justicia indígena. |
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