Propuesta de reforma al artículo 242 del CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, para reducir el plazo que debe operar, para que la acción u omisión sea considerado como infracción penal.
La presente investigación analizará el artículo 242 del CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, frente a las normas que rigen el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IEES) y al Banco el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), inclusive se consultará Jurisprudencia, normativa legal, constitu...
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| Hovedforfatter: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Sprog: | spa |
| Udgivet: |
2022
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| Fag: | |
| Online adgang: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19989 |
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| Summary: | La presente investigación analizará el artículo 242 del CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, frente a las normas que rigen el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IEES) y al Banco el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), inclusive se consultará Jurisprudencia, normativa legal, constitucional y otros, referente al tema planteado; con la finalidad de determinar si las disposiciones se contraponen y atentan a los derechos de los trabajadores o los dejan en indefensión; luego de lo cual se podrá concluir si el artículo antes mencionado requiere de una reforma en cuanto al plazo que debe operar la falta de depósito o retención ilegal de los valores retenidos por concepto de aportes patronales o personales o efectúe los descuentos por rehabilitación de tiempos de servicio o de dividendos de préstamos hipotecarios y quirografarios de sus trabajadores, para que constituya una infracción penal; esto en beneficio de los trabajadores que varias ocasiones tiene perjuicios por sobre todo económicos, por la mora generada en sus créditos a causa de la irresponsabilidad de un tercero que viene a ser el patrono. |
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