Uso no autorizado de la voz ajena en la legislación ecuatoriana.

La voz humana, como dato biométrico único, es un elemento esencial de la identidad personal. Sin embargo, en la legislación ecuatoriana, aunque se reconoce la protección de la voz en la Constitución y en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación – INGENI...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Caiza Briones, Bryan Josue (author)
Eará dahkkit: Ramírez Carvajal, José Andrés (author)
Materiálatiipa: bachelorThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2024
Fáttát:
Liŋkkat:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23756
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:La voz humana, como dato biométrico único, es un elemento esencial de la identidad personal. Sin embargo, en la legislación ecuatoriana, aunque se reconoce la protección de la voz en la Constitución y en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación – INGENIOS, aún existen vacíos legales que permiten su uso y explotación no autorizada, especialmente con el avance de tecnologías como la inteligencia artificial. Esta tesis analiza la legislación vigente, identificando sus limitaciones y proponiendo reformas que fortalezcan la protección de la voz como dato biométrico y como objeto de derechos de autor. Se propone una reforma legal específica para integrar la voz como dato biométrico en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y reforzar su protección en el Código de Ingenios, especialmente en el contexto de la interpretación artística y el uso de tecnologías emergentes.