Contradicciones sobre la capacidad jurídica de menores en la celebración de matrimonio.

El 19 de junio de 2015 se adoptó una reforma al artículo 83 del Código Civil, mismo que prohíbe el matrimonio de menores, negándoles así de derechos civiles, sin embargo, el mismo cuerpo legal les confiere otras facultades, como el derecho a la emancipación previsto en el artículo 308 ibidem al conc...

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Main Author: Castillo Tinitana, José Domingo (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2025
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/24622
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Description
Summary:El 19 de junio de 2015 se adoptó una reforma al artículo 83 del Código Civil, mismo que prohíbe el matrimonio de menores, negándoles así de derechos civiles, sin embargo, el mismo cuerpo legal les confiere otras facultades, como el derecho a la emancipación previsto en el artículo 308 ibidem al concederle el derecho de obrar de manera autónoma, así mismo, se le concede la capacidad legal de suscribir contratos laborales a partir de los 15 años, según lo expuesto en el artículo 35 del Código de Trabajo, de igual manera, el artículo 62 de nuestra Carta Magna insta el voto facultativo a los adolescentes entre 16 a 18 años de edad, teniendo la potestad de elegir y decidir quiénes serán sus representantes. La finalidad de este artículo es examinar y exponer la incompatibilidad del ordenamiento jurídico respecto de la capacidad jurídica que la legislación vigente otorga a los menores de 18 años al permitir determinadas acciones, contratos y derechos y al mismo tiempo prohibir otros de la misma categoría, rango o nivel de jerarquía, como por ejemplo prohibir las nupcias.