El derecho del menor a ser consultado en el proceso de mediación en tenencia.
La presente investigación explorará la correlación entre los principios de voluntariedad, confidencialidad y la autonomía progresiva del niño junto con el principio del interés superior del niño en lo concerniente a la asignación de su tenencia y la falta de reglamentación para que se lo escuche de...
محفوظ في:
| المؤلف الرئيسي: | |
|---|---|
| التنسيق: | bachelorThesis |
| اللغة: | spa |
| منشور في: |
2025
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| الموضوعات: | |
| الوصول للمادة أونلاين: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/24553 |
| الوسوم: |
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| الملخص: | La presente investigación explorará la correlación entre los principios de voluntariedad, confidencialidad y la autonomía progresiva del niño junto con el principio del interés superior del niño en lo concerniente a la asignación de su tenencia y la falta de reglamentación para que se lo escuche de manera efectiva. La mediación se ha convertido en una vía llamativa para resolver cuestiones de niñez y adolescencia; sin embargo, cuando se decide voluntariamente someter la discusión de la tenencia a través de este sistema, la legislación ecuatoriana no prevé criterios con los que se deberá escuchar al menor y quiénes serán responsables de evaluar que esa opinión represente lo mejor para el menor. Como bien lo establece el Código de Niñez y Adolescencia, en un procedimiento ordinario, la perspectiva del niño, niña o adolescente es primordial para la decisión del juzgador, pero dado que el mediador solo asiste a las partes en el conflicto, existe un vacío en cuanto al cumplimiento de esta norma en la mediación. Por ello, se evaluará cómo el principio del interés superior del niño prevalece frente a los principios naturaleza de la mediación, y se propondrá cómo los criterios de la edad y la madurez deben ser aplicados por los Equipos Técnicos en la mediación en casos de tenencia, priorizando el bienestar de los menores de edad. |
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