Vulneración al Debido Proceso por la falta de notificación en la audiencia de formulación de cargos en delitos no flagrantes.
El presente trabajo es de suma importancia por cuanto se puede observar un tipo de vulneración que sucede frecuentemente y que se ha establecido desde la entrada en vigencia del COIP, ya que, evidencia la vulneración al debido proceso por la falta de notificación (conocimiento) en la audiencia de fo...
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| Κύριος συγγραφέας: | |
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| Μορφή: | bachelorThesis |
| Γλώσσα: | spa |
| Έκδοση: |
2023
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| Θέματα: | |
| Διαθέσιμο Online: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/21985 |
| Ετικέτες: |
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| Περίληψη: | El presente trabajo es de suma importancia por cuanto se puede observar un tipo de vulneración que sucede frecuentemente y que se ha establecido desde la entrada en vigencia del COIP, ya que, evidencia la vulneración al debido proceso por la falta de notificación (conocimiento) en la audiencia de formulación de cargos en delitos no flagrantes, al instalarse la audiencia y realizarse sin que la parte aprehendida se encuentre legalmente notificada en el tiempo perentorio que la ley, se vulnera los derechos constitucionales en la garantía del derecho a la defensa y conexamente otras disposiciones constitucionales. Cabe mencionar, que la normativa suprema vulnerada en estos casos es el principio constitucional, del artículo 76 de la Constitución, por no contarse con el debido tiempo y oportunidad para poder ejercer el legítimo derecho a la defensa por parte del presunto infractor. Tenemos como objetivo buscar la forma de corregir esta práctica atreves de los mecanismos disponibles, pues de no hacerlo estaríamos permitiendo que el debido proceso no cumpla las formalidades esenciales señaladas en las normas constitucionales e infra constitucionales. |
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