La admisibilidad de los medios de prueba en los procesos civiles, a partir de la vigencia del Código Orgánico General de Procesos y la vulneración del Derecho a la Defensa.

Desde el año 2016 entró en vigencia el Código Orgánico General de Procesos, el mismo que presentó cambios importantes en el procedimiento probatorio, específicamente dentro del proceso judicial en materia civil, principalmente al momento de proponer y practicar las pruebas. El presente trabajo reali...

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Bibliographic Details
Main Author: Arreaga Ramírez, María Mercedes (author)
Format: masterThesis
Language:spa
Published: 2021
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16840
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Description
Summary:Desde el año 2016 entró en vigencia el Código Orgánico General de Procesos, el mismo que presentó cambios importantes en el procedimiento probatorio, específicamente dentro del proceso judicial en materia civil, principalmente al momento de proponer y practicar las pruebas. El presente trabajo realiza un análisis profundo a la doctrina y a la normativa en cuanto al juicio de admisibilidad de los medios de prueba, en los procesos civiles, a partir de la vigencia del COGEP y la vulneración del derecho a la defensa, estudiando los principios generales de las pruebas y los parámetros para la admisión de las mismas, señalados en las leyes nacionales, en comparación con legislaciones de otros países, así como también, revisando criterios doctrinarios de diversos autores al respecto de la prueba judicial. La metodología utilizada tiene un enfoque cualitativo de tipo no experimental, toda vez que esta investigación cuenta con suficiente fundamento teórico, analizando los sucesos en su contexto natural, lo que permitió examinar los diferentes procedimientos probatorios y analizar si se está vulnerando el derecho a la defensa, mediante la no admisión de pruebas, concluyendo que la normativa vigente dispuesta en el Código Orgánico General de Procesos, no vulnera este derecho, pues no impide que los sujetos procesales presenten sus pruebas, lo que hace es regular las características del material probatorio conforme los principios de utilidad, pertinencia y conducencia, además la ley limita la arbitrariedad judicial, exigiendo que las resoluciones que inadmiten pruebas, estén debidamente motivadas.