Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república

El Sr. Cristopher Alexander Cárdenas Pucha se encuentra pasando la pensión alimenticia a la Sra. Flor María Yépez Cajo, por haber procreado una hija con la antes mencionada, que es menor de edad y que además sufre de parálisis cerebral desde su nacimiento; pero a raíz de la pandemia pierde el trabaj...

Descrición completa

Gardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Espinoza Lara, Mercedes Isela (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2021
Subjects:
Acceso en liña:http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3855
Tags: Engadir etiqueta
Sen Etiquetas, Sexa o primeiro en etiquetar este rexistro!
_version_ 1862812984732024832
author Espinoza Lara, Mercedes Isela
author_facet Espinoza Lara, Mercedes Isela
author_role author
collection Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
dc.contributor.none.fl_str_mv Veloz, Javier
dc.creator.none.fl_str_mv Espinoza Lara, Mercedes Isela
dc.date.none.fl_str_mv 2021-07-09T14:05:56Z
2021-07-09T14:05:56Z
2021
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.identifier.none.fl_str_mv http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3855
dc.language.none.fl_str_mv spa
dc.publisher.none.fl_str_mv Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho
dc.relation.none.fl_str_mv FJCS.DE;363
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.source.none.fl_str_mv reponame:Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
instname:Universidad Estatal de Bolivar
instacron:UEB
dc.subject.none.fl_str_mv DEBIDO PROCESO
SEGURIDAD JURÍDICA
CONSTITUCIÓN
PENSIÓN ALIMENTICIA
dc.title.none.fl_str_mv Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/publishedVersion
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
description El Sr. Cristopher Alexander Cárdenas Pucha se encuentra pasando la pensión alimenticia a la Sra. Flor María Yépez Cajo, por haber procreado una hija con la antes mencionada, que es menor de edad y que además sufre de parálisis cerebral desde su nacimiento; pero a raíz de la pandemia pierde el trabajo fijo y pasa a ser jornalero, donde hay días en los que tiene trabajo y otros no; además de ello tiene una nueva carga familiar; razón por la cual plantea una rebaja de pensión alimenticia dado que cambiaron sus circunstancias de vida y no puede continuar cancelando las pensiones asignadas con anterioridad. La petición de rebaja de pensión alimenticia genera la causa Nº 02332-2018-00324, dentro del proceso Civil, siendo la materia: familia, niñez y adolescencia, proceso SUMARIO y la acción o delito corresponde a rebaja de pensión alimenticia que se la tramita en la Unidad Judicial Multicompetente de San Miguel de Bolívar; donde se sigue el proceso que desemboca en una Audiencia Única, en la que se trata de resolver el conflicto; misma que se da el 9 de marzo de 2020, lográndose la correspondiente conciliación, razón por la cual la Jueza de la Unidad resuelve favorablemente la rebaja de pensión alimenticia a ochenta dólares americanos que se pagarán a partir de la fecha de la resolución. Esta resolución no fue comunicada por escrito a las partes, y como la pandemia obligó el cierre de instituciones de todo tipo por orden del gobierno, se remota el trabajo en la Unidad Judicial Multicompetente en el mes de junio y el día 8 de este mes, la Jueza dispone se notifique a las partes procesales, de que se tomó la decisión de rebajar la pensión alimenticia a ochenta dólares americanos y que entrará en vigencia a partir de esta fecha, en la que se notifica a cada una de las partes procesales. Cuando el demandante a través de su abogado solicita una aclaración de fechas, para saber en definitiva desde cuándo debe pagar la pensión alimenticia con la respectiva rebaja, esta petición es denegada por considerarla improcedente por parte de la Jueza de la Unidad Judicial. Lo que motiva la investigación, por considerar que este cambio en las fechas, afecta al demandante, ya que no se cumple con el debido proceso; cuando se debió notificar a las partes en las veinticuatro horas después de tomada la primera resolución. Ya que asi lo estipula el COGEP.en el Art. 79 inciso 7
eu_rights_str_mv openAccess
format bachelorThesis
id UEB_6235b60a2f2d338b91b44a37a466b73a
instacron_str UEB
institution UEB
instname_str Universidad Estatal de Bolivar
language spa
network_acronym_str UEB
network_name_str Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
oai_identifier_str oai:dspace.ueb.edu.ec:123456789/3855
publishDate 2021
publisher.none.fl_str_mv Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho
reponame_str Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
repository.mail.fl_str_mv .
repository.name.fl_str_mv Repositorio Universidad Estatal de Bolivar - Universidad Estatal de Bolivar
repository_id_str 1735
spelling Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la repúblicaEspinoza Lara, Mercedes IselaDEBIDO PROCESOSEGURIDAD JURÍDICACONSTITUCIÓNPENSIÓN ALIMENTICIAEl Sr. Cristopher Alexander Cárdenas Pucha se encuentra pasando la pensión alimenticia a la Sra. Flor María Yépez Cajo, por haber procreado una hija con la antes mencionada, que es menor de edad y que además sufre de parálisis cerebral desde su nacimiento; pero a raíz de la pandemia pierde el trabajo fijo y pasa a ser jornalero, donde hay días en los que tiene trabajo y otros no; además de ello tiene una nueva carga familiar; razón por la cual plantea una rebaja de pensión alimenticia dado que cambiaron sus circunstancias de vida y no puede continuar cancelando las pensiones asignadas con anterioridad. La petición de rebaja de pensión alimenticia genera la causa Nº 02332-2018-00324, dentro del proceso Civil, siendo la materia: familia, niñez y adolescencia, proceso SUMARIO y la acción o delito corresponde a rebaja de pensión alimenticia que se la tramita en la Unidad Judicial Multicompetente de San Miguel de Bolívar; donde se sigue el proceso que desemboca en una Audiencia Única, en la que se trata de resolver el conflicto; misma que se da el 9 de marzo de 2020, lográndose la correspondiente conciliación, razón por la cual la Jueza de la Unidad resuelve favorablemente la rebaja de pensión alimenticia a ochenta dólares americanos que se pagarán a partir de la fecha de la resolución. Esta resolución no fue comunicada por escrito a las partes, y como la pandemia obligó el cierre de instituciones de todo tipo por orden del gobierno, se remota el trabajo en la Unidad Judicial Multicompetente en el mes de junio y el día 8 de este mes, la Jueza dispone se notifique a las partes procesales, de que se tomó la decisión de rebajar la pensión alimenticia a ochenta dólares americanos y que entrará en vigencia a partir de esta fecha, en la que se notifica a cada una de las partes procesales. Cuando el demandante a través de su abogado solicita una aclaración de fechas, para saber en definitiva desde cuándo debe pagar la pensión alimenticia con la respectiva rebaja, esta petición es denegada por considerarla improcedente por parte de la Jueza de la Unidad Judicial. Lo que motiva la investigación, por considerar que este cambio en las fechas, afecta al demandante, ya que no se cumple con el debido proceso; cuando se debió notificar a las partes en las veinticuatro horas después de tomada la primera resolución. Ya que asi lo estipula el COGEP.en el Art. 79 inciso 7Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de DerechoVeloz, Javier2021-07-09T14:05:56Z2021-07-09T14:05:56Z2021info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfhttp://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3855spaFJCS.DE;363info:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Estatal de Bolivarinstname:Universidad Estatal de Bolivarinstacron:UEB2025-11-30T17:52:07Zoai:dspace.ueb.edu.ec:123456789/3855Institucionalhttps://dspace.ueb.edu.ec/Universidad públicahttps://www.ueb.edu.ec/https://dspace.ueb.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:17352026-04-18T11:57:49.139158Repositorio Universidad Estatal de Bolivar - Universidad Estatal de Bolivartrue
spellingShingle Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
Espinoza Lara, Mercedes Isela
DEBIDO PROCESO
SEGURIDAD JURÍDICA
CONSTITUCIÓN
PENSIÓN ALIMENTICIA
status_str publishedVersion
title Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
title_full Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
title_fullStr Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
title_full_unstemmed Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
title_short Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
title_sort Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república
topic DEBIDO PROCESO
SEGURIDAD JURÍDICA
CONSTITUCIÓN
PENSIÓN ALIMENTICIA
url http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3855