La indebida aplicación del principio de igualdad contemplado en el artículo 5 del COIP ante un hecho flagrante en el delito de Sicariato
Dentro del ámbito jurídico en el Ecuador, se ha buscado instaurar mecanismos para el goce efectivo de los derechos lo que en muchas ocasiones ha llevado a que una de las partes procesales no se le haga efectivo sus derechos. Dentro del ámbito penal el principio de igualdad se ha constituido como el...
Gorde:
| Egile nagusia: | |
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| Beste egile batzuk: | |
| Formatua: | bachelorThesis |
| Hizkuntza: | spa |
| Argitaratua: |
2022
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| Gaiak: | |
| Sarrera elektronikoa: | http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/64735 |
| Etiketak: |
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| Gaia: | Dentro del ámbito jurídico en el Ecuador, se ha buscado instaurar mecanismos para el goce efectivo de los derechos lo que en muchas ocasiones ha llevado a que una de las partes procesales no se le haga efectivo sus derechos. Dentro del ámbito penal el principio de igualdad se ha constituido como el medio mediante el cual las partes deben tener condiciones igualitarias y que debe ser aplicado en situaciones de vulnerabilidad pero en su aplicación muchas veces podrían llevar a la impunidad sancionatoria, sin que los Jueces apliquen el principio de proporcionalidad tal como lo determina el art 76 de la Constitución de la Republica del Ecuador, lo que con lleva a que se configure una indebida aplicación del principio de igualdad, por lo que mediante este trabajo investigativo se busca proponer una reforma al Código Orgánico Integral Penal con el objetivo de que los operadores de justicia actúen en estricto derecho, y que de esta forma se le otorgue una protección efectiva a las partes procesales tanto para el procesado como para la víctima. Para cumplir con este fin se aplicó una metodología de tipo documental y de enfoque cualitativo, como instrumento de investigación se empleó una entrevista a tres profesionales del derecho y a la víctima. Como resultado se obtuvo que la indebida aplicación del principio de igualdad está asociado a un vacío legal determinado en el art 5 del COIP, que da como resultado que los operadores de justicia apliquen sana critica mas no que se garanticen derechos a las partes dejando en situación de vulnerabilidad a las víctimas. Como conclusión se determinó que la correcta aplicación del principio de igualdad en el ámbito penal nos lleva a que se pueda erradicar la corrupción, la impunidad sancionatoria y garantizar el debido proceso dentro del sistema judicial en el Ecuador. |
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