Recurso en el Procedimiento de Deportación de Extranjeros ingresantes por pasos laterales no autorizados

La presente investigación tiene como objetivo determinar si existen afecciones y vulneraciones de derechos en los procedimientos deportación a extranjeros, enfocándose en la reforma del 5 de Febrero del 2021 al artículo 144 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, fijándose en los recursos administra...

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Main Author: Estupiñan Ortíz, Denisse Elizabeth (author)
Other Authors: Sarmiento Alcívar, Diana Lissette (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2021
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/58116
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Description
Summary:La presente investigación tiene como objetivo determinar si existen afecciones y vulneraciones de derechos en los procedimientos deportación a extranjeros, enfocándose en la reforma del 5 de Febrero del 2021 al artículo 144 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, fijándose en los recursos administrativos a los que se puede recurrir ante la resolución de la autoridad administrativa en la causal 1 establecida en el artículo 143 de la ley antes mencionada esto es, el ingreso por pasos laterales no autorizados. A su vez, se estudiará la existencia de una discrepancia con la normativa constitucional basada en el principio de progresividad de la norma, ante la abstracción de los recursos administrativos a los cuales se puede recurrir al obtener una resolución negativa por parte de la autoridad migratoria en la ley objeto de estudio; si este vulnera o no los principios de seguridad jurídica, debido proceso y tutela judicial efectiva. Con la finalidad de profundizar en el tema, dentro de esta investigación se utiliza una metodología teórico cualitativo, a través del análisis comparativo de la normativa nacional e internacional, entrevistas a profesionales en materia de Derechos Humanos, que conocen a mayor profundidad el tema de las deportaciones y su vulneración del debido proceso. Con la obtención de los resultados se formulan una serie de recomendaciones hacía Estado para que se reforme los artículos en estudio y se tome en cuenta la situación en la que se encuentran las personas extranjeras que ingresan por pasos laterales no autorizados