Acreditación de la violación sexual como causal del Aborto no punible en el Ecuador
La despenalización del aborto ha sido objeto de grandes debates, durante la última década fue planteado ante la Asamblea Nacional no resultando aprobado; ante esta negativa, grupos pro aborto interponen la Acción Pública de Inconstitucionalidad solicitando modificarse el # 2 del artículo 150 del COI...
-д хадгалсан:
| Үндсэн зохиолч: | |
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| Бусад зохиолчид: | |
| Формат: | bachelorThesis |
| Хэл сонгох: | spa |
| Хэвлэсэн: |
2021
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| Нөхцлүүд: | |
| Онлайн хандалт: | http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/58049 |
| Шошгууд: |
Шошго нэмэх
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| Тойм: | La despenalización del aborto ha sido objeto de grandes debates, durante la última década fue planteado ante la Asamblea Nacional no resultando aprobado; ante esta negativa, grupos pro aborto interponen la Acción Pública de Inconstitucionalidad solicitando modificarse el # 2 del artículo 150 del COIP que vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación. La CC el pasado 28 de abril mediante sentencia No. 34-19- IN declara la inconstitucionalidad dejando sin efecto el elemento discapacidad mental, disponiendo que la Defensoría elabore un proyecto que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación, al rigor a lo establecido para tal efecto la CC. Los enfoques aplicados en el presente trabajo son una combinación de los métodos: cualitativoy cuantitativo, en este último se desarrollan entrevistas a profesionales afines, a efecto de complementar el criterio requerible para la acreditación de la violación como causal para la práctica del aborto no punible. |
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