La caducidad en la predeterminacion de la responsabilidad civil culposa.

La demanda interpuesta por la Compañía Azucarera Valdez S.A., solicita al Tribunal Contencioso Administrativo la impugnación del proceso Coactivo iniciado por la Contraloría General del Estado, quienes a través de Informe resuelve ejecutar la Predeterminación de Responsabilidad Civil Culposa por la...

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Մատենագիտական մանրամասներ
Հիմնական հեղինակ: Bermudez Iglesias, Pilly Verónica (author)
Այլ հեղինակներ: Ormeño Tigua, Silvania Jenniffer (author)
Ձևաչափ: bachelorThesis
Լեզու:spa
Հրապարակվել է: 2018
Խորագրեր:
Առցանց հասանելիություն:http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/28821
Ցուցիչներ: Ավելացրեք ցուցիչ
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Նկարագրություն
Ամփոփում:La demanda interpuesta por la Compañía Azucarera Valdez S.A., solicita al Tribunal Contencioso Administrativo la impugnación del proceso Coactivo iniciado por la Contraloría General del Estado, quienes a través de Informe resuelve ejecutar la Predeterminación de Responsabilidad Civil Culposa por la Suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional sin sustento legal, dándole a la compañía Valdez un plazo de 60 días perentorios para la contestación y remisión de pruebas de descargo. Dentro de los argumentos legales que la compañía remite, manifiesta el incumplimiento por parte del Ministerio de Salud Pública por no cumplir con lo convenido ya que no se realizó el proceso de Regularización de Registro sanitario para la producción de la fortificación del azúcar con vitamina A y la caducidad del Acto interpuesto por la Contraloría General del Estado ya que se encuentra fuera de los 7 años, tal y como lo establece la LOCGE en su art. 71.