Análisis de la sentencia n°7-17-cn/19, respecto al porte, posición de drogas y la inimputabilidad de consumidor debido a su condición médica.
A lo largo del tiempo se ha considerado que la droga es un problema de salud, pero este no era considerado como parte de la responsabilidades o deberes del estado sino hasta la creación de la constitución del 2008 este forma parte de una problemática estatal ya no solamente social, mediante la evolu...
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| প্রধান লেখক: | |
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| অন্যান্য লেখক: | |
| বিন্যাস: | bachelorThesis |
| ভাষা: | spa |
| প্রকাশিত: |
2021
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| বিষয়গুলি: | |
| অনলাইন ব্যবহার করুন: | http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/54035 |
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| সংক্ষিপ্ত: | A lo largo del tiempo se ha considerado que la droga es un problema de salud, pero este no era considerado como parte de la responsabilidades o deberes del estado sino hasta la creación de la constitución del 2008 este forma parte de una problemática estatal ya no solamente social, mediante la evolución de la constituyente el estado forma parte de la ayuda de los consumidores de carácter crónico para así poder darle una ayuda oportuna y como forme lo determina la constituyente que se creó en el año 2008. Es por esto por lo que mediante el artículo 364 de la constitución le da esta responsabilidad al estado para que cumpla de carácter obligatorio y que se briden esta ayuda oportuna, pero mediante la sentencia emitida por la Corte Nacional de justicia otorga una herramienta para la mejor interpretación de esta ley constitucional. A breves rasgos podemos llegar a resumir nuestro trabajo en un conjunto de esfuerzos para demostrar y comprobar que los derechos de los consumidores son vulnerados debido a eso iniciamos con el origen del porte del cannabis es necesario para poder entender la evolución que han tenido las leyes ecuatorianas con respecto al tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, desde los primeros convenios que firmo Ecuador hasta las últimas modificaciones que tuvo el Código orgánico Integral Penal y las tablas del consumo en específico la de la resolución NO. 001 CONSEP-CD-2014, y debido al creciente aumento de narcotraficantes peligrosos en américa latina en su mayoría los países de américa latina tomaron su postura en contra de las drogas. Lo cual llevo a que Ecuador se adhiere a algunos convenios internacionales para poder controlar y regular este problema creciente de las drogas como el de Viena el 21 de Febrero de 1971, para así llegar a los derechos de los consumidores como ya lo hemos mencionado el Ecuador reforma sus leyes y a raíz de la constitución del 2008 en su artículo 364 el ecuador le brinda derechos constitucionales al consumidor y lo denomina como un problema de salud pública que tiene que tratar el estado, y con esta modificaciones la creación de la tabla de consumo, dentro de lo cual le daba un falso estatus de consumidor pero sin tipificarlo en ningún tipo de ley, dejando así en vulneración los derechos del consumidor cuando se da paso a un proceso penal. Dejando demostrado que los mecanismos que hay dentro del procedimiento penal tiene errores y que volverá muchos principios generales del derecho penal y en especial el de principio duda a favor del reo y el principio de inocencia. Llegando así a la creación en específico de la tabla de consumo resolución NO. 001 CONSEP-CD-2014, creada para responder a una situación social de la situación social y jurídica en donde la juventud ecuatoriana estaba siendo encarcelada solo por el hecho de ser consumidores, y había pocas herramientas jurídicas para solucionar ese problema, debido a eso el CONSEP crea la tabla, pero no soluciona en su totalidad el problema. Y siendo necesario comparar el derecho de nuestro país con el de Uruguay y Canadá para demostrar que es viable una realidad en donde se puedan respetar y preservar los derechos de los consumidores y así no se violen sus derechos fundamentales como el de la libertad y no discriminación. Mostrando que el derecho está en una constante evolución y esto se adecua a la realidad social de cada nación y debido a su realidad social, económica y jurídica es que pueden evolucionar en torno a las leyes para mejorar los derechos de las personas. Demostrando así que la aplicación de la sentencia N°7-17-CN/19, emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, responde a una realidad del Ecuador para solucionar este problema y tal vez no sea el camino correcto, pero si es un paso adelante en la dirección correcta por proteger los derechos de los ecuatorianos. |
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