Conflictos en la aplicación del procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar

El estudio tiene como objetivo analizar el conflicto jurídico del procedimiento expedito para el juzgamiento de la contravención penal de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, señalando que el sistema jurídico debe ser eficiente para garantizar el derecho a una justicia de calida...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Guashpa Gualli, María Belén (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2021
Matèries:
Accés en línia:http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/59179
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Descripció
Sumari:El estudio tiene como objetivo analizar el conflicto jurídico del procedimiento expedito para el juzgamiento de la contravención penal de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, señalando que el sistema jurídico debe ser eficiente para garantizar el derecho a una justicia de calidad, permitiendo que más personas denuncien la violencia y puedan sancionarse efectivamente. Sin embargo, surgen confusiones derivadas de la omisión del plazo para incorporar las pruebas en el art.643 del COIP que determina las reglas para estas contravenciones, aplicándose el establecido en el art.642 que corresponde a tres días antes de la audiencia. La metodología fue cualitativa, documental y de campo, de tipo descriptiva, no experimental, analítica – sintética, recurriendo al análisis documental normativo y la entrevista a tres abogados en la Unidad de Violencia Contra la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar en el sector Florida Norte de Guayaquil. El análisis normativo permitió conocer que las sanciones en Perú son más rigurosas que en Ecuador, penándose las contravenciones como delitos; mientras que El Salvador incluye la asistencia psicológica al agresor. Las entrevistas a los abogados dejaron constancia de los problemas que existen en la operatividad de estas unidades, motivo por el cual desiste la víctima del proceso, además del miedo, la indefensión percibida o la creencia de que la agresión no volverá a ocurrir. Así respaldan la reforma presentada al COIP, fijando el plazo para anunciar las pruebas; además de la obligatoriedad de los peritos para rendir su testimonio según lo exige la Constitución, la asistencia psicológica del agresor, la mejora de la gestión de estas unidades judiciales, y el desarrollo de un programa de concientización con alcance nacional.