Sanciones a quienes excedan la tenencia para el consumo de drogas autorizadas en la tabla del Art. 220 del COIP
En el Código Orgánico Integral Penal, en su Artículo 220 se encuentra las sanciones que se impone a los sujetos que intervengan en la compra, venta y comercialización de estas sustancias, delimitando las sanciones de acuerdo al tipo de actividades con las que se conseguirá ejecutar el Tráfico de est...
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| Huvudupphovsman: | |
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| Materialtyp: | bachelorThesis |
| Språk: | spa |
| Publicerad: |
2018
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| Ämnen: | |
| Länkar: | http://repositorio.ug.edu.ec/handle/redug/34947 |
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| Sammanfattning: | En el Código Orgánico Integral Penal, en su Artículo 220 se encuentra las sanciones que se impone a los sujetos que intervengan en la compra, venta y comercialización de estas sustancias, delimitando las sanciones de acuerdo al tipo de actividades con las que se conseguirá ejecutar el Tráfico de estas Sustancias, siendo estas desde la mínima, mediana, alta y gran escala. Muchas familias viven con preocupación la posibilidad de que sus hijos se inicien en el consumo de drogas, no se sienten suficientemente informadas sobre este asunto para ayudar a sus hijos a evitar riesgos; de la misma forma los padres continúan creyendo que el inicio en el consumo de alcohol y tabaco forma parte del proceso natural de maduración, esta es una actitud tolerante que entraña no pocos riesgos, si atendemos al importante número de problemas relacionados con el abuso de tales sustancias, especialmente entre los más jóvenes. |
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