Despido intempestivo por cambio de ocupación laboral
El Código de Trabajo (2005) estipula en el Título I las pautas a lasquesedeben regir los empleadores y los trabajadores al momento de celebrar uncontratoindividual laboral, esto incluye los periodos de duración y formas de remuneracióndeacuerdo con los distintos tipos de contrato. A su vez, en el ar...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicado em: |
2024
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| Assuntos: | |
| Acesso em linha: | http://repositorio.ulvr.edu.ec/handle/44000/7411 |
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| Resumo: | El Código de Trabajo (2005) estipula en el Título I las pautas a lasquesedeben regir los empleadores y los trabajadores al momento de celebrar uncontratoindividual laboral, esto incluye los periodos de duración y formas de remuneracióndeacuerdo con los distintos tipos de contrato. A su vez, en el artículo 172 se reconocenlas causas por las que un empleador o el empleado pueden dar por culminadoel contrato de forma unilateral mediante el mecanismo de visto bueno, así comotambién las causas en las que se configura el despido intempestivo, el cual deacuerdo con el CT constituye violación flagrante a la legislación laboral, puestoqueimplica la vulneración de los derechos de los trabajadores y en consecuenciaesobjeto de sanción para el empleador. El Código de Trabajo en su artículo 154, estipula que a excepcióndelascausas descritas en el artículo 172, las mujeres que se encuentren en estadodegestación no podrán ser despedidas de su cargo de forma intempestiva. Apartir dela fecha en que haya comenzado el embarazo, la trabajadora deberá notificar asuempleador mediante un certificado médico emitido por el Instituto EcuatorianodeSeguridad Social (IESS) o por un profesional facultado. A la par reconoce el periodode incapacidad para laborar por enfermedad asociada con la gestación o el parto, encuyo caso se considera un periodo de ausencia de hasta un año, en el quenopodrádarse la culminación de la relación laboral por este motivo. |
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