Ante proyecto de creación del sistema integrado de investigación de medicina legal y ciencias forenses y contribuir en el efectivo cumplimiento del artículo 499 del COIP y en la capacidad investigativa de la fiscalía

El presente trabajo investigativo está relacionado con la necesidad de establecer una reforma al reglamento que regula el funcionamiento del sistema integrado de investigación, medicina legal y ciencias forenses, obedece a un cambio en la normatividad adjetiva penal, su trascendencia social consiste...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Solís Basantez, Rubén Darío (author)
Formato: masterThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5722
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Descripción
Sumario:El presente trabajo investigativo está relacionado con la necesidad de establecer una reforma al reglamento que regula el funcionamiento del sistema integrado de investigación, medicina legal y ciencias forenses, obedece a un cambio en la normatividad adjetiva penal, su trascendencia social consiste en la función que tienen que asumir los fiscales en el proceso investigativo de los hechos constitutivos del delito durante la fase preprocesal de indagación previa; esta investigación le permite al Fiscal, en primer lugar, poder determinar si efectivamente se ha cometido o no una infracción para posteriormente llegar a determinar en base a los resultados de las experticias y diligencias practicadas la responsabilidad del posible autor o autores del ilícito. Por tal motivo el régimen jurídico procesal penal ha sido observado en cuanto a éstas deficiencias que afronta la Fiscalía, permitiéndome presentar el ante Proyecto de Reforma al Reglamento de Coordinación Interinstitucional para La Organización, Dirección, Administración y Operación del Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses y ésta manera contribuir el efectivo y cabal cumplimiento del artículo 449 del Código Orgánico Integral Penal y en la capacidad investigativa de la Fiscalía tendiente a organizar y dirigir un sistema especializado integral de investigación, de medicina legal y ciencias forenses, integrado por personal civil y policial tal como lo establece en su Art. 195 la Constitución de la República del Ecuador, bajo aquella premisa resulta de vital importancia que se pueda contar con organismos auxiliares para las investigaciones que Fiscalía dirige y que aquellos cuenten con personal altamente calificado para la práctica de las experticias que puedan llegar a establecer tanto la existencia de una infracción, como aquella aún más importante y que es precisamente establecer sin ninguna duda la responsabilidad de aquella persona que esté siendo investigada.