La trangresión del principio de imparcialidad por parte del juzgador al tramitar y emitir resoluciones en la aplicación del procedimiento directo
La perfección jurídica, la aplicación de la ley y dotación de derechos a los miembros de la sociedad, se han convertido en la lucha inconstante del Estado, dando paso a la relación efectiva, hipotética y preventiva que se establece con aquellos que lo conforman, tipificando los delitos y establecien...
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| Главный автор: | |
|---|---|
| Формат: | bachelorThesis |
| Язык: | spa |
| Опубликовано: |
2016
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| Предметы: | |
| Online-ссылка: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/3489 |
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| Итог: | La perfección jurídica, la aplicación de la ley y dotación de derechos a los miembros de la sociedad, se han convertido en la lucha inconstante del Estado, dando paso a la relación efectiva, hipotética y preventiva que se establece con aquellos que lo conforman, tipificando los delitos y estableciendo penas, advirtiendo y limitando los derechos dotados a los ciudadanos para que estos no vulneren los derechos de sus homólogos sociales, abriendo así el delicado camino del proceso penal, al abrir este camino nos encontramos directamente con el juzgamiento de diversas conductas ilícitas , y si es meritorio la aplicación y ejecución de sentencias. El Ecuador en 1830 da sus primeros pasos como República independiente, generando la Constitución de Ecuador de 1830 fue la primera constitución política de la que se dató la República del Ecuador tras su creación después de la separación del Distrito del Sur de la Gran Colombia. Fue redactada por el Congreso Constituyente de 1830 reunido en la ciudad de Riobamba, el cual inició sus funciones el 14 de agosto con la asistencia de 21 diputados 7 por cada departamento de Quito, Guayaquil y Cuenca. La constitución fue aprobada el 11 de septiembre de 1830 por el Congreso Constituyente quien en 45 días, además de la nueva Constitución, también expidió varias leyes orgánicas que regulen la convivencia de sus miembros. Tuvieron que pasar siete años para que se dicte el Primer Código referente a el Derecho Penal, en el lapso republicano han sido promulgados cinco Códigos Penales, en orden cronológico se dictaron en 1837, 1872, 1889, 1906 y 1938, se ha dado cambios estructurales en cada reforma adaptándose a la creciente población, en lo que respecta a Procedimiento Penal se han realizado catorce reformas, para complementar de manera eficiente al Código Penal que ahora se complementa y fusiona en un nuevo cuerpo de ley que lo conocemos como COIP (Código Orgánico Integral Penal). |
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