El procedimiento abreviado en el código orgánico integral penal vulnera el derecho constitucional al debido proceso.

El sistema acusatorio instaurado en el País con la vigencia del Código de Procedimiento Penal Publicado en el Registro Oficial N° 360 del 13 de enero del año 2000, y que entró en plena vigencia el 13 de julio del año 2001, cambió el sistema penal del sistema inquisitivo al sistema acusatorio, y con...

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Autor principal: Pérez Pérez, Luis Rafael (author)
Format: bachelorThesis
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Publicat: 2015
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Accés en línia:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/217
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description El sistema acusatorio instaurado en el País con la vigencia del Código de Procedimiento Penal Publicado en el Registro Oficial N° 360 del 13 de enero del año 2000, y que entró en plena vigencia el 13 de julio del año 2001, cambió el sistema penal del sistema inquisitivo al sistema acusatorio, y con este último sistema se incorporó, a la vez una figura que no estaba prevista en campo procesal penal ecuatoriano, el trámite del Procedimiento Abreviado. Esta figura en un inicio y por ser nueva, fue de poca aplicación entre los operadores de justicia, esto se debió a que hubo cierto temor debido a su desconocimiento y forma procesal de aplicación, ya que el sistema acusatorio a la vez garantiza una serie de principios del debido proceso, pero luego en la medida en que de alguna manera se socializó empezó a dar los resultados que las autoridades judiciales esperaban, principalmente por la rapidez con la que se resolvían los procesos y por la rápida emisión de sentencias por parte de los Tribunales de Garantías Penales, con la consecuente disminución de la carga procesal para los jueces.
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spelling El procedimiento abreviado en el código orgánico integral penal vulnera el derecho constitucional al debido proceso.Pérez Pérez, Luis RafaelProcedimiento AbreviadoEl sistema acusatorio instaurado en el País con la vigencia del Código de Procedimiento Penal Publicado en el Registro Oficial N° 360 del 13 de enero del año 2000, y que entró en plena vigencia el 13 de julio del año 2001, cambió el sistema penal del sistema inquisitivo al sistema acusatorio, y con este último sistema se incorporó, a la vez una figura que no estaba prevista en campo procesal penal ecuatoriano, el trámite del Procedimiento Abreviado. Esta figura en un inicio y por ser nueva, fue de poca aplicación entre los operadores de justicia, esto se debió a que hubo cierto temor debido a su desconocimiento y forma procesal de aplicación, ya que el sistema acusatorio a la vez garantiza una serie de principios del debido proceso, pero luego en la medida en que de alguna manera se socializó empezó a dar los resultados que las autoridades judiciales esperaban, principalmente por la rapidez con la que se resolvían los procesos y por la rápida emisión de sentencias por parte de los Tribunales de Garantías Penales, con la consecuente disminución de la carga procesal para los jueces.El presente estudio de investigación previa la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República: “El Procedimiento Abreviado del Código Orgánico Integral Penal vulnera principios constitucionales Del Debido Proceso.” Se ha planteado con el fin de garantizar y hacer efectivas la garantías básicas del debido proceso, establecidas en la Constitución de la República, a su vez, enfocar los conceptos de los principios constitucionales determinados para la tramitación de los procesos penales y sobresaltar las principales contradicciones entre la Carta Suprema del Estado y la legislación secundaria que es el Código Orgánico Integral Penal, para garantizar la seguridad jurídica, de modo que no puedan ser declarados la nulidad de los procesos penales en las altas esferas de la administración de justicia como la Corte Constitucional, la Corte Nacional de Justicia, o la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos; es decir, se trata de un tema legislado en un cuerpo normativo secundario como es el Código Orgánico Integral Penal, pero que busca una relación directa con los principios constitucionales para la verificación de su eficacia. La aplicación entonces del Procedimiento Abreviado no se encuentra únicamente atada al COIP, sino que sus principios deben tener concordancia directa con las normas constitucionales y la de los instrumentos internacionales que han sido ratificados por el Ecuador, lo cual resulta importante para el beneficio de la Justicia, y del estado constitucional de derechos y justicia en el que se determinó la eficacia de la normas y principios constitucionales por sobre la ley, lo que no hace más que garantizar la Supremacía de la Constitución.Aguilar Martínez, Mario Ramiro2015-06-24T13:03:53Z2015-06-24T13:03:53Z2015-03info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfTUAABG041-2015http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/217spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2016-01-04T23:16:53Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/217Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552016-01-04T23:16:53Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andesfalse
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