El juicio de expropiación y el derecho de contradicción

La expropiación es un instrumento y no un fin en sí misma, pues está siempre en función de una transformación, ya sea física (por ejemplo se expropia un inmueble para hacer una autopista) o jurídica (se nacionaliza una empresa privada) del bien expropiado. Visto esto, advierto que el presente más qu...

Deskribapen osoa

Gorde:
Xehetasun bibliografikoak
Egile nagusia: Dumani Torres, Victor Manuel (author)
Formatua: masterThesis
Hizkuntza:spa
Argitaratua: 2015
Gaiak:
Sarrera elektronikoa:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/880
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Deskribapena
Gaia:La expropiación es un instrumento y no un fin en sí misma, pues está siempre en función de una transformación, ya sea física (por ejemplo se expropia un inmueble para hacer una autopista) o jurídica (se nacionaliza una empresa privada) del bien expropiado. Visto esto, advierto que el presente más que poner rumbo por las enrevesadas polémicas teóricas al respecto, ha preferido las soluciones prácticas por considerarlas -en esta materia- más valiosa; así como, con la magna tarea de atrapar en los estrechos marcos de este trabajo una buena cantidad de información, he preferido sintetizar, asumiéndolo lo que a mi criterio es más conveniente. "Toda la riqueza del país, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general.1 La facultad legítima de gozar y disponer de una cosa, con exclusión del arbitrio ajeno, y de reclamar su devolución si se encuentra en poder ajeno en forma contraria a derecho. Nuestra Constitución consagra de forma genérica el derecho de propiedad y establece los principios generales del tema objeto de estudio. Del análisis sobre el tema de la expropiación y de los preceptos con ella relacionados, nos lleva a comprender cada uno de los elementos que integran este acto jurídico, en particular cuando el Estado tiene la obligación de cumplir por razones de satisfacción de una necesidad de la colectividad. Originalmente, el poder del dominio eminente se asumía que surgía de la ley natural como un poder inherente de la soberanía.