La audiencia de los beneficios penitenciarios frente al principio de celeridad procesal

Tradicionalmente, el sector justicia se ha compuesto por una serie de instituciones con roles definidos en lo jurisdiccional, pero con funcionamiento administrativo inconexo y pugnas internas por poder y protagonismo. Ahora, la Constitución y el Código Orgánico de la Función Judicial proponen conceb...

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Spremljeno u:
Bibliografski detalji
Glavni autor: Guato Llerena, Edison Patricio (author)
Format: bachelorThesis
Jezik:spa
Izdano: 2019
Teme:
Online pristup:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/10799
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Opis
Sažetak:Tradicionalmente, el sector justicia se ha compuesto por una serie de instituciones con roles definidos en lo jurisdiccional, pero con funcionamiento administrativo inconexo y pugnas internas por poder y protagonismo. Ahora, la Constitución y el Código Orgánico de la Función Judicial proponen concebir al sector como un sistema que responde a un fin común, el de garantizar a la población el derecho a una justicia de calidad. El Sistema Judicial sufre serias deficiencias surgidas de la incapacidad de atender la demanda ciudadana. Esto se debe principalmente a carencias institucionales y brechas de desarrollo existentes entre sus organismos y a la desarticulación del sistema en el territorio. El artículo 23 de la Constitución menciona expresamente al debido proceso” (número 27) entre los derechos que el Estado garantiza a toda persona. Adicionalmente, el artículo 24 enuncia las garantías básicas que han de observarse “para asegurar el debido proceso”. Es la primera vez que una norma constitucional ecuatoriana emplea la expresión “derecho al debido proceso”; Según el texto constitucional, el concepto de debido proceso no se reduce a la aplicación de las garantías enumeradas por el artículo 24, puesto que tal enumeración se hace “sin menoscabo de otras que establezcan la Constitución, los instrumentos internacionales, las leyes o la jurisprudencia”.