La cooperación eficaz y el principio de proporcionalidad
La Constitución de la República del Ecuador, consagra los principios y garantías de las personas y sus derechos que tienen frente al Estado y que son reconocidos por este, así mismo, regula las obligaciones del Estado para garantizar seguridad jurídica a sus ciudadanos. En el Código Orgánico Integra...
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| Autore principale: | |
|---|---|
| Natura: | masterThesis |
| Lingua: | spa |
| Pubblicazione: |
2019
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| Soggetti: | |
| Accesso online: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9650 |
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| Riassunto: | La Constitución de la República del Ecuador, consagra los principios y garantías de las personas y sus derechos que tienen frente al Estado y que son reconocidos por este, así mismo, regula las obligaciones del Estado para garantizar seguridad jurídica a sus ciudadanos. En el Código Orgánico Integral Penal; se establece la institución jurídico penal de la Cooperación Eficaz, como un mecanismo o medio o técnica de investigación, que, en este caso, va encaminada a la obtención de información proporcionada por quien cometió o fue partícipe de un delito, aportando información que deberá ser útil y eficaz para la investigación, tales como: datos, instrumentos, o cualquier tipo de informaciones precisas. Esta cooperación se da a través de un acuerdo de colaboración establecido con el Fiscal actuante. En dicho acuerdo, el cooperador proporcionará la información antes ejemplificada a cambio de ser beneficiado en su responsabilidad penal y condena. Proporcionará información relevante para resolver o esclarecer hechos delictivos. Los datos que proporcione han de ser seguros, confiables, logrables, lo hasta aquí planteado se encuentra determinado en los Arts. 46 y. 491; dígase de la parte general del COIP, el primero, y procesal el segundo, en ellos se establece la posibilidad legal de brindar por parte del fiscal, un beneficio procesal a quien colabora con la justicia. |
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