Las prácticas abusivas y el acoso de las operadoras telefónicas
En el Perú el ejecutivo estableció que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que empleen centros de tomada callcenter sistemas de tomados telefónica envío de mensajes de texto al celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios así como prestar el servic...
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| 第一著者: | |
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| フォーマット: | bachelorThesis |
| 出版事項: |
2020
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| 主題: | |
| オンライン・アクセス: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12445 |
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| 要約: | En el Perú el ejecutivo estableció que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que empleen centros de tomada callcenter sistemas de tomados telefónica envío de mensajes de texto al celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios así como prestar el servicio de tele mercadeo a todos de aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos bienes y servicios su consentimiento previo informado expreso e inequívoco para la utilización de esta práctica comercial.1 Es posible regular las prácticas de abusivas y acosadoras de empresas que interrumpen con el tiempo del ciudadano a través de llamadas telefónicas no deseadas. Los legisladores de nivel regional y global han tomado acción al respecto en septiembre del 2018 el gobierno de la República de Perú emitió un decreto legislativo que modifica su código de protección y defensa del consumidor a través del cual las empresas ya no podrán realizar llamadas ni enviar mensajes de texto para verter productos o servicios a los consumidores sin que ellos no hayan dado su autorización para dicha práctica.2 Es momento de que el Ecuador también apliqué una modificación en la norma para fortalecer la protección y defensa del consumidor regulando este sistema que además he convertido en un clamor ciudadano que exige te frene el acoso comercial vía telefónica. |
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