La vulneración del derecho a la verdad por exposición mediática en la investigación de casos de personas naturales reportadas como desaparecidas
El estado ecuatoriano a través de Fiscalía y Policía Nacional recibe denuncias de reportes de personas desaparecidas, ésta problemática ha sido abordada en la agenda pública sin embargo los únicos avances han sido punitivos, al determinarse en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) su carácter de...
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| প্রধান লেখক: | |
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| বিন্যাস: | article |
| ভাষা: | spa |
| প্রকাশিত: |
2021
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| বিষয়গুলি: | |
| অনলাইন ব্যবহার করুন: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12171 |
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| সংক্ষিপ্ত: | El estado ecuatoriano a través de Fiscalía y Policía Nacional recibe denuncias de reportes de personas desaparecidas, ésta problemática ha sido abordada en la agenda pública sin embargo los únicos avances han sido punitivos, al determinarse en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) su carácter de imprescriptible; y, con las reformas vigentes como delito la desaparición involuntaria, lo que por sus características propias no tutela de una manera eficaz los derechos y garantías propias de las personas, varios procesos por el impacto noticioso han sido cubiertos por la prensa, tales como: Caso Thalita, Caso Juliana Campoverde y Caso David Romo; cuya exposición mediática influyó en forma directa en la actividad investigativa y decisiones jurisdiccionales, bajos los comunes de conmoción social, sentencias e indeterminación de su ubicación física. A través de los métodos: inductivo – deductivo, analítico – sintético, histórico – lógico, se demuestra como la criminología mediática vulneró el derecho a la verdad en estos casos, fundamentando jurídica y doctrinariamente el funcionamiento de la criminología mediática, el derecho a la verdad, y personas desaparecidas, evidenciando como la criminología mediática influye dentro de las investigaciones de desapariciones de personas naturales, estableciendo los elementos demostrativos de como la criminología mediática vulneró el derecho a la verdad en los casos: Thalita, Juliana Campoverde y David Romo, al revelar información sobre la identidad de personas investigadas, antecedentes personales, laborales y familiares, sin importar sus derechos fundamentales y especialmente a que se respete su presunción de inocencia hasta que una sentencia firme determine su responsabilidad penal |
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