La comercialización de cascos homologados en el Cantón Babahoyo

La seguridad vial está presente dentro del Plan Nacional de Desarrollo (2017), en la política 7.8 manifiesta la necesidad de promover en los Gobiernos Autónomos Descentralizados el cumplimiento de las competencias que les designa la ley, siendo el caso de tránsito como lo manifiesta el Código Orgáni...

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Hlavní autor: Huaigua Chiluiza, Mirian Gisella (author)
Médium: bachelorThesis
Jazyk:spa
Vydáno: 2021
Témata:
On-line přístup:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12073
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Shrnutí:La seguridad vial está presente dentro del Plan Nacional de Desarrollo (2017), en la política 7.8 manifiesta la necesidad de promover en los Gobiernos Autónomos Descentralizados el cumplimiento de las competencias que les designa la ley, siendo el caso de tránsito como lo manifiesta el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización -COOTAD (2011), en el artículo 55 literal F, que “es competencia de los municipios administrar el transporte terrestre y el tránsito en el territorio cantonal”; de igual manera se manifiesta en el artículo 264 numeral seis de la Constitución vigente (2008). Al revisar el Plan de Ordenamiento Territorial del cantón Babahoyo (2017), dentro del objetivo tres, que trata sobre reducir los accidentes de tránsito, en el programa de transporte público y movilidad se presenta el proyecto de capacitación a conductores en seguridad vial con un monto de 85.000 dólares, lo que demuestra la prioridad que se le ha dado a ese problema. Respecto a la incidencia de accidentes en motocicletas, datos oficiales de la Agencia Nacional de Tránsito (2020), demuestran que:En el año 2019 al menos el 19% de los accidentes involucraron este medio de transporte, lo que equivale al menos a 4.677 vehículos, provocando 492 lesionados y 55 heridos, en relación al año 2020 solo existen reportes del mes de enero presentando 397 siniestros dejando 45 fallecidos. Existen trabajos desarrollados en relación a la importancia en la seguridad vial en relación con el uso de un casco homologado, como lo expone Torres Gálvez (2019), en un estudio realizado en 690 casos de accidentes de tránsito relacionados con motocicletas, en el que determinó que el 72% de las victimas usaba casco y en total de casos, el 87,4% presentó trauma cráneo encefálico leve, precisamente por la presencia de ese dispositivo. A nivel global, estudios como el realizado por Tosi, Jeremías David; Ledesma, Daniel; Poó, Martín; Montes, Andrea; López, Susana (2016) que en el estudio proyectado desde el año 2006 al 2014 demostró que se ha incrementado el uso de cascos en la ciudad de Mar del Plata. Cabe destacar que la implementación del citado dispositivo requiere de una serie de requisitos técnicos para que sea considerado apto para el uso en el país, como lo indica el artículo 300 del Reglamento de la ley de transporte terrestre tránsito y seguridad vial (2017). Por otro lado, el artículo 389 numeral once del Código Orgánico Integral Penal -COIP (2014), manifiesta que quienes se transporten en motocicleta, motonetas, bicimotos, tricar y cuatrimotos, deberán portar adecuadamente un casco