La vulneracion en el acceso a regimen semiabierto de las personas condenadas en Ambato 2020

Mediante el presente artículo científico, en el presente se realiza el análisis de las nuevas reformas de los artículos arts. 698 y 699 tipificados en el Código Orgánico Integral Penal, que son los encargados de regular los regímenes de rehabilitación social semiabierto y abierto, por lo que a travé...

Full beskrivning

Sparad:
Bibliografiska uppgifter
Huvudupphovsman: Noboa Valle, Melanie Nicole (author)
Materialtyp: bachelorThesis
Språk:spa
Publicerad: 2022
Ämnen:
Länkar:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14795
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Beskrivning
Sammanfattning:Mediante el presente artículo científico, en el presente se realiza el análisis de las nuevas reformas de los artículos arts. 698 y 699 tipificados en el Código Orgánico Integral Penal, que son los encargados de regular los regímenes de rehabilitación social semiabierto y abierto, por lo que a través de estas nuevas reformas, se puede mencionar que se plasma una restricción en lo que respecta a los regímenes penitenciario; así imposibilitando a un grupo de personas que son condenadas por un determinado catálogo de delitos, por el mismo hecho que se encuentra en el delito de asesinato, este puede acceder a estos beneficios penitenciarios, este limita el ejercicio del derecho a un régimen de carácter rehabilitador social progresivo así volviéndose regresivo de derechos, así también vulnerando ciertos principios como lo es el principio de igualdad y el de no discriminación, el cual este consiste en poder gozar de los mismos derechos y oportunidades, que son escritos y consagrados en la Constitución de la Republica del Ecuador. La metodología que es utilizada en este articulo científico es cualitativa, por lo que después se aplica el método histórico lógico, el cual este me permite conocer un antes y un después de las respectivas reformas de los artículos 698, 699 del Código Orgánico Integral Penal, indicando si es regresiva y no progresivas de respectivos derechos, así quebrantando la Constitución de la Republica del Ecuador y varios Tratados Internacionales, en donde se puede determinar que el sistema de rehabilitación social tenga como una finalidad de rehabilitación integral para así pueda ser reintegradas en la sociedad y no se le vulneren derechos.