La licencia por matrimonio, el código del trabajo y el principio de igualdad ante la ley.
El trabajo constituye en una de las actividades más antiguas practicadas a diario por el ser humano por lo que es importante reconocer que el hombre en los inicios de su existencia fue nómada porque dependía de la naturaleza por ser parte integrante de la misma, en algunos casos se convirtió en escl...
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Автор: | |
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Формат: | bachelorThesis |
Мова: | spa |
Опубліковано: |
2015
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Предмети: | |
Онлайн доступ: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/191 |
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Резюме: | El trabajo constituye en una de las actividades más antiguas practicadas a diario por el ser humano por lo que es importante reconocer que el hombre en los inicios de su existencia fue nómada porque dependía de la naturaleza por ser parte integrante de la misma, en algunos casos se convirtió en esclavo y en otras victima; de allí la lucha constante que dio lugar al desarrollo de actividades que le permitan continuar con su propia existencia, predomino el instinto humano obedeciendo a sus necesidades, por ejemplo, debía arrancar frutos para saciar su hambre o inclinarse a la fuente y tomar agua para saciar su sed, actividades que significaron formas necesarias que tenía que desarrollar para sobrevivir, por lo que cabe afirmar que el hombre primitivo marca la consagración al trabajo inicial estableciendo que el hambre, la sed y el instinto de conservación han constituido el primer y más poderoso estimulo del trabajo con lo que se diría que el trabajo se inicia como una manifestación consiente del ser humano. Posteriormente y conforme van cambiando las distintas etapas socio económicas del ser humano la relación laboral se hace más expedita y principalmente más protectora hacia el más débil de esa relación que es el trabajador, y se van creando normas, para dicha protección que llegan incluso a ser imperativas más allá de las fronteras de los distintos países y su protección se vuelve internacional; dentro de esta estructura se proyectan derechos y deberes, que las distintas normativas nacionales deben acogerlas obligatoriamente, sin embargo en muchos casos en nuestro país y en nuestra normativa no ha sido así, posiblemente por intereses creados o quizás simplemente por falta de reacción de quienes realizan las normas que no tuvieron el alcance de analizar y ver la vida diaria de todos quienes componen la masa laboral del país y para el caso que nos ocupa e la presente investigación podemos hacer un breve análisis de la estructura laboral pública y la privada con sus diferencias sustanciales. 2 Es así que las leyes que rigen a los servidores públicos conceden dos horas para estudiar. Hay otros beneficios, todo empleador sea este empresario o autoridad estatal, tiene la obligación de conceder licencias a sus trabajadores, según las leyes; Los primeros solo podrán acceder a estos días libres en casos muy particulares como enfermedades, muerte de familiares cercanos, etc. Tómese en cuenta que pedir una licencia no es lo mismo que un permiso, este último caso implica un acuerdo entre el empleador y el trabajador, que no está contemplado en el Código de Trabajo, si el empleador quiere puede otorgar un permiso. Si lo da, incluso, puede cargarlo a vacaciones. No hay impedimento para eso. En el sector estatal los trabajadores pueden gozar de permisos (con y sin cargo a vacaciones), licencias (con y sin sueldo) y salir en comisión de servicio. En el sector privado, los trabajadores pueden faltar a su trabajo, de manera justificada, cuando presenta el certificado entregado por un médico. En un accidente de trabajo, los días de reposo los dictamina el médico del IEES. En ese caso, el 75% del sueldo lo paga la institución estatal, en calamidad doméstica, el trabajador privado tiene tres días de licencia pagada. En el sector público, en caso de enfermedad, el empleado público tendrá hasta tres meses con remuneración. En caso de que el trabajador público adopte un niño, tendrá un permiso de 15 días a partir de la fecha que el niño haya sido adoptado, en un caso de calamidad doméstica, como la muerte del cónyuge, padres o hijos, o exista el daño a una propiedad, tendrá hasta ocho días de permiso remunerado. 3 Puede tener una licencia sin sueldo de 15 y hasta 60 días, dependiendo de la autoridad. Por boda, hasta tres días con remuneración; que es el caso que ocupa la presente investigación, y que es un derecho en el sector público pero no en el sector privado, lo cual violenta expresas disposiciones legales y constitucionales como es el principio de igualdad ante la ley y que es el motivo polémico de la presente investigación. |
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