Las audiencias telemáticas y su incidencia en el principio de inmediación
Las audiencias telemáticas también son conocidas como videoconferencias. El ser humano a usado a las imágenes como un medio de comunicación desde hace unos 40.000 años, cuando se encontraban gráficos en las cavernas. A partir de ello la sociedad ha alcanzado grandes aportes en el campo de la tecnolo...
שמור ב:
מחבר ראשי: | |
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פורמט: | bachelorThesis |
יצא לאור: |
2022
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נושאים: | |
גישה מקוונת: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14250 |
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סיכום: | Las audiencias telemáticas también son conocidas como videoconferencias. El ser humano a usado a las imágenes como un medio de comunicación desde hace unos 40.000 años, cuando se encontraban gráficos en las cavernas. A partir de ello la sociedad ha alcanzado grandes aportes en el campo de la tecnología, por eso el ser humano se ha ido adaptando a la misma ya que esta hace que la sea más fácil la comunicación. La palabra teleconferencia está conformada por el prefijo tele el mismo que significa distancia y conferencia que es encuentro, por ello se lo define como un encuentro a la distancia. Las videoconferencias o teleconferencias es un sistema electrónico que permite comunicarse varias personas que están ubicadas en sitios distintos, es decir en distintos lugares del mundo y de esa manera poder entablar una conversación a través de los medios electrónicos en tiempo real. (CAMPOS, 2015) La videoconferencia es un sistema a través del cual nos da la posibilidad de que varias personas puedan mantener una conversación en tiempo real en audio y video. Este sistema tiene como principales objetivos llevar a cabo sesiones de capacitaciones, reuniones de trabajo, demostración de productos, entrenamiento, atención al cliente, estudios e inclusive para la realización de audiencias cuando haya sido llamado a declarará y no pueda asistir de manera personal por alguna razón. Las videoconferencias fueron incluidas a la rama judicial porque proporcionan celeridad, facilidad para realizar las actuaciones procesales. Se ha hecho muy común hacer uso del circuito cerrado de televisión para de esa mane proteger a los sujetos procesales que deban declarar. (PALÁEZ, 2015) El Ecuador al ser un país no muy avanzado en tecnológica no dispone de herramientas como como Estados Unidos, sin embargo, ya se hace uso de varias herramientas con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal, sin necesidad de que violen derechos de las partes. También ayuda a la protección de víctimas y testigos que se encuentren vulnerables. Las audiencias telemáticas en el Ecuador empezaron a utilizarse de manera general a causa da la pandemia puesto la Corte Nacional de Justicia y el Pleno del Consejo de la Judicatura dictaron sus respectivas resoluciones suspendiendo labores desde el 16 de marzo de 2020 y reanudándose el 4 de junio de 2020, para lo cual ya se inició con las audiencias telemáticas e inclusive se creó el Protocolo para la Realización de Videoaudiencias. Mercedes Palacios Riofrío relata que el principio de inmediación requiere del conocimiento directo de los medios probatorios y por lógica la intervención personal de las partes procesales frente a las autoridades (juez o tribunal) que toman las decisiones en las distintas etapas del proceso. Es por ello que se determina que hay una relación directa entre los litigantes con el juez. Este principio permite que le magistrado conozca de manera personal a las partes y pueda apreciar la prueba de una mejor manera, sobre todo la prueba testimonial, ya que estas necesariamente se las deberán realizar de manera presencial ante el juzgador, de lo que se analiza que si es presencial entonces ya no podría ser telemática. (ROBBINS, 2017) |
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