El derecho de alimentos y la declaratoria de paternidad
La normativa internacional determina que los derechos esenciales del hombre no nacen por el hecho de la pertenencia de este a un Estado, sino provienen de los atributos propios del ser humano, esta concepción permite colocar en un espacio preponderante a los derechos humanos en el cual el Estado que...
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Format: | masterThesis |
Idioma: | spa |
Publicat: |
2018
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Accés en línia: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8004 |
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Sumari: | La normativa internacional determina que los derechos esenciales del hombre no nacen por el hecho de la pertenencia de este a un Estado, sino provienen de los atributos propios del ser humano, esta concepción permite colocar en un espacio preponderante a los derechos humanos en el cual el Estado que se defina como Constitucional haciendo apología del postulado pro homine en su ordamiento jurídico establece derechos y garantías en los cuales los beneficiarios directos son los individuos sin distinción. El remitirnos a la norma supra nacional para definir el derecho a la identidad y sus derechos conexos, nos permite observar que tratamos un tema de amplio espectro, interdisciplinario, en el cual es necesario analizar la norma constitucional, el bloque de constitucionalidad, la normativa infra constitucional, y los pronunciamientos de la justicia constitucional y ordinaria. El reconocimiento del derecho a la identidad permite a la persona en este caso niño, niña o adolescente adquirir en relación a su filiación un nombre, apellido, y su incorporación como sujeto de derechos a la patria potestad de sus progenitores; entendida la filiación como el vínculo jurídico que existe entre dos personas que puede provenir según la concepción tradicional de una filiación legitima, natural, y legitimada, hechos que la ley no distingue a la hora de otorgar derechos. |
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