La Integridad Física y su vulneración frente a los grupos de atención prioritaria en el Cantón Huaca.

La violencia en los espacios públicos ha subsistido en todos los tiempos en nuestra sociedad, violencia que en la actualidad está latente siendo las principales víctimas los grupos vulnerables de conformidad a lo que determina el Art. 35 de la Constitución que manifiesta: Art. 35.- Las personas adul...

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Kaydedildi:
Detaylı Bibliyografya
Yazar: Romo Montenegro, Gladys Katalina (author)
Materyal Türü: bachelorThesis
Dil:spa
Baskı/Yayın Bilgisi: 2021
Konular:
Online Erişim:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14246
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Özet:La violencia en los espacios públicos ha subsistido en todos los tiempos en nuestra sociedad, violencia que en la actualidad está latente siendo las principales víctimas los grupos vulnerables de conformidad a lo que determina el Art. 35 de la Constitución que manifiesta: Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. (LEXIS, 2008) Para la presente investigación nos enfocaremos en particular en las víctimas de violencia en el cantón San Pedro de Huaca, que en la actualidad se ha convertido en un tema de gran importancia, toda vez que hablamos de la violación a los Derechos Humanos, lo cual amerita darles la debida atención y solución por parte del Estado ecuatoriano y de sus instituciones gubernamentales competentes, quienes son las encargadas de brindar seguridad a la ciudadanía, así como la prevención y erradicación de la violencia intrafamiliar que se realiza en espacios públicos, siendo una competencia de los GADs a fin de dar solución a esta problemática de la comunidad. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados deben formular acciones afirmativas que conlleven a efectivizar los principios y derechos reconocidos por las leyes y tratados internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador como es la Convención Belém Do Pará, como también los Derechos Humanos y la Constitución del Ecuador, aplicando el ordenamiento jurídico ecuatoriano para la vigencia de los derechos en los grupos de atención prioritaria con pleno enfoque a las víctimas de violencia.