El matrimonio igualitario frente a los derechos de la familia en el Ecuador
La Legislación ecuatoriana, reconoce a los diversos tipos de familia, en el artículo 67 que establece “Se reconoce la familia en sus diversos tipos (…) Éstas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes” (Constitución de...
Uloženo v:
| Hlavní autor: | |
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| Médium: | bachelorThesis |
| Jazyk: | spa |
| Vydáno: |
2020
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| Témata: | |
| On-line přístup: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13001 |
| Tagy: |
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| Shrnutí: | La Legislación ecuatoriana, reconoce a los diversos tipos de familia, en el artículo 67 que establece “Se reconoce la familia en sus diversos tipos (…) Éstas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes” (Constitución de la República del Ecuador, 2008); Así también, en otra de sus normas jurídicas en el artículo 81 establece al matrimonio como: “Un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente” (Código Civil, 2019) y en el artículo 66 numeral 4 señala: “Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación” (Constitución de la República del Ecuador, 2008). Si bien, a primera vista la Constitución reconoce y garantiza derechos que favorecen a la consecución de la institución familiar, al abordar el tema desde el ámbito del Derecho de Familia ninguno de los ordenamientos de nuestro país, sea el Código Civil y/o, el Código de la Niñez y Adolescencia así como también, los instrumentos nacionales o internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos o la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tampoco definen un único concepto de familia, pero si se impone al estado y a la sociedad la protección de la familia. |
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