El saneamiento procesal en el tramite del conflicto colectivo del trabajo en la legislación Ecuatoriana

Este trabajo tuvo como punto de partida, una falencia encontrada en el procedimiento previsto en la legislación laboral ecuatoriana, para la tramitación de los conflictos colectivos, la cual se evidenció en un caso concreto, en el que, después de un proceso que duró aproximadamente nueve meses, y en...

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Shranjeno v:
Bibliografske podrobnosti
Glavni avtor: Santacruz Arcos, Esteban Patricio (author)
Format: masterThesis
Jezik:spa
Izdano: 2020
Teme:
Online dostop:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11691
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Opis
Izvleček:Este trabajo tuvo como punto de partida, una falencia encontrada en el procedimiento previsto en la legislación laboral ecuatoriana, para la tramitación de los conflictos colectivos, la cual se evidenció en un caso concreto, en el que, después de un proceso que duró aproximadamente nueve meses, y en el que se ventilaron todos los actos procesales correspondientes, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje respectivo declaró la nulidad de la causa, pues consideró que en ella nunca estuvo presente un presupuesto procesal de la acción, indispensable para que surja una relación procesal válida, la legitimación en el proceso o “legitimatio ad processum” del actor. Se pudo identificar entonces que, en el procedimiento de tramitación del conflicto colectivo del trabajo, establecido en el Código del Trabajo, no existe un momento o etapa de saneamiento procesal, en donde se resuelva, de forma preliminar, sobre la admisibilidad o procedibilidad del Pliego de Peticiones, de modo que se genere una relación procesal válida y, además, en donde se depuren los posibles vicios u omisiones procedimentales. En tal virtud, en el presente estudio, se analizó científica y doctrinariamente el trámite del conflicto colectivo del trabajo, en la legislación ecuatoriana, y se determinó y evidenció la necesidad de implementar, dentro de él, una etapa de saneamiento procesal, a fin de que se garantice el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y el cumplimiento del principio de economía procesal.