La restricción de acceder a los régimenes de rehabilitación social abierto y semiabierto a las personas privadas de libertad sentenciadas por los delitos contra la eficiencia de la administración pública y los principios de igualdad y no discrimanación
A partir de la vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, el régimen de rehabilitación social se elevó a rango constitucional de derechos, frente a esta situación el Código Orgánico Integral Penal, debe guardar correlación con los principios y derechos de la norma suprema. Las actuales...
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| Format: | bachelorThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2022
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| Subjects: | |
| Online Access: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14966 |
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| Summary: | A partir de la vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, el régimen de rehabilitación social se elevó a rango constitucional de derechos, frente a esta situación el Código Orgánico Integral Penal, debe guardar correlación con los principios y derechos de la norma suprema. Las actuales reformas legales implementadas en la norma penal buscan prevenir la reincidencia delictiva y proteger a las víctimas de delitos execrables. Es evidente que no se tutelan derechos a la dignidad humana de las personas sentenciadas con penas privativas de libertad debido a que la Constitución de la República del Ecuador, busca la protección, reinserción como rehabilitación progresiva de los derechos en el ámbito familiar como social en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna. Se vislumbra el eje problemático en los artículo 698 y 699 del Código Orgánico Integral Penal al excluir a las personas privadas de la libertad el derecho a la rehabilitación social vulnerando los principios de igualdad y no discriminación porque no se faculta como a los otros ciudadanos los mismos mecanismo jurídicos. Es por lo que el problema científico busca determinar de qué manera los artículos 698 y 699 del Código Orgánico Integral Penal restringen el acceso a los regímenes de rehabilitación social semiabierto y abierto a las personas privadas de libertad sentenciadas por los delitos contra la eficiencia de la administración pública esto permitió garantizar los principios de igualdad y no discriminación dando cumplimiento al estado constitucional de derechos y justicia. |
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