Análisis jurídico de la no aplicación del procedimiento oral en el juicio verbal sumario

La presente investigación, contiene información de importancia ya que aporta al desarrollo de la estructura principal del trabajo, en la recolección de los datos necesarios para comprender que el Procedimiento Oral en el Juicio Verbal Sumario como debería ser, no se aplica para la correcta administr...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Camacás Urresta, Grace Natali (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2014
Matèries:
Accés en línia:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2630
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Sumari:La presente investigación, contiene información de importancia ya que aporta al desarrollo de la estructura principal del trabajo, en la recolección de los datos necesarios para comprender que el Procedimiento Oral en el Juicio Verbal Sumario como debería ser, no se aplica para la correcta administración de Justicia. El tratadista del Derecho Dr. José C García Falconí, en su publicación en la página web. Derechoecuador.com, considera; “…no se cumple lo que en teoría se supone que implica el juicio verbal sumario, que tiene como fin acelerar el procedimiento y facilitar la pronta resolución del juicio…”. Es así que los Juicios deben ser tramitados mediante un Procedimiento Oral que constituye el comienzo del enfoque social y de administración de justicia de la Función Judicial. El hecho de considerar que la Constitución del Ecuador prescribe en su Art. 76 num7.lit. 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:... c) Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.; en ningún caso quedará en indefensión”. De lo citado, se desprende la naturaleza de las personas como sujetos de derecho y más aún como quienes deben tener de manera ineludible el cumplimiento de sus derechos, toda persona que tenga un conflicto que amerite una resolución rápida y eficaz debe conocer que la celeridad existe y que debe ser aplicada. Los Funcionarios Judiciales, como representantes de la Justicia y de la Constitución del Ecuador, deben escuchar a todas y todos sin fijarse en preferir a unos más que a otros porque también es en esos momentos donde empiezan los retrasos y la desigualdad, es decir se dejaría sin cumplir una tutela efectiva ya expresa generando la más completa indefensión para las partes.