La sustitución del apremio personal por las medidas cautelares reales en los obligados subsidiarios que garantice el derecho constitucional a la libertad

El Código de la Niñez y Adolescencia, en su primer artículo dispone: sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos,...

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Auteur principal: Tulcanaza Landázuri, Christian Mauricio (author)
Format: bachelorThesis
Langue:spa
Publié: 2014
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Accès en ligne:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2624
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Description
Résumé:El Código de la Niñez y Adolescencia, en su primer artículo dispone: sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. No obstante los fines proclamados en el Código de la Niñez y Adolescencia, no cubren la verdadera necesidad de protección del niño y adolescente. Si bien es cierto que en nuestra Constitución de la República no está establecido que los obligados subsidiarios sean privados de su libertad por causas de alimentos , no debe olvidarse que la misma Constitución garantiza y protege a los niños, niñas y adolescentes. Además la carta magna establece que si procede la privación de libertad por falta de pago de pensiones alimenticias, sin embargo no se encuentra tipificado el hecho de que los obligados subsidiarios se les limite el ejercicio de su derecho a libertad por adeudar las mismas.