Análisis doctrinario-jurídico del tipo penal del delito de femicidio en el Código Orgánico Integral Penal

Dentro de esta investigación se hace referencia al derecho a la vida como un derecho innato inherente a todo ser humano; lo que significa poder vivir bajo un ambiente de tranquilidad pero sobre todo que ese derecho es el bien jurídico protegido valioso del ser humano y que nadie tiene que violentarl...

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Autore principale: Revelo Quiñonez, Gabriela Fernanda (author)
Natura: bachelorThesis
Lingua:spa
Pubblicazione: 2016
Soggetti:
Accesso online:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/3298
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Descrizione
Riassunto:Dentro de esta investigación se hace referencia al derecho a la vida como un derecho innato inherente a todo ser humano; lo que significa poder vivir bajo un ambiente de tranquilidad pero sobre todo que ese derecho es el bien jurídico protegido valioso del ser humano y que nadie tiene que violentarlo. Los casos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar requieren como parte de la debida diligencia, mayor atención y prontitud en la sustanciación, a fin de evitar la re victimización y la impunidad; ante tal situación y en nuestra realidad. El Consejo de la Judicatura mediante Resolución de fecha 5 de septiembre del 2014 y publicada en el R.O.S. 351 del 9 de octubre del 2014, estableció el Reglamento de Actuaciones Judiciales para Hechos y Actos de Violencia contra la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar, en la cual en lo pertinente indica que, cuando de cualquier forma un hecho o acto de presunta violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar llegue a conocimiento de la Fiscalía, se debe asignar de forma inmediata un Fiscal, a fin de que solicite y fundadamente por cualquier medio idóneo como fax, correo electrónico, llamada telefónica, entre otros, amparado en la Constitución e Instrumentos Internacionales, al Juzgador de garantías penales de turno, la adopción de una o varias medidas de protección; debiendo el Juez, disponer de manera motivada y de igual manera inmediatamente, a través de los mismos medios, la adopción de una o más medidas de protección, a favor de la víctima, sin perjuicio de que la causa se encuentre en fase de investigación previa. Es decir que éste reglamento permite a las autoridades jurisdiccionales actuar con la debida diligencia y brindar la atención y prontitud que requieren los casos de Violencia Intrafamiliar, quedando por sugerir únicamente la socialización de éste instrumento legal.