Incorporar en el art. 96, inciso primero de la ley de seguridad social, como derecho del trabajador la jubilación por invalidez
La vulneración al derecho fundamental y constitucional que le asiste al trabajador afiliado, con incapacidad permanente total e incapacidad permanente absoluta, a quien el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en adelante “IESS” niega la prestación de jubilación por invalidez pese a encontrarse...
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| Κύριος συγγραφέας: | |
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| Μορφή: | bachelorThesis |
| Γλώσσα: | spa |
| Έκδοση: |
2021
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| Θέματα: | |
| Διαθέσιμο Online: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12345 |
| Ετικέτες: |
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| Περίληψη: | La vulneración al derecho fundamental y constitucional que le asiste al trabajador afiliado, con incapacidad permanente total e incapacidad permanente absoluta, a quien el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en adelante “IESS” niega la prestación de jubilación por invalidez pese a encontrarse impedido físicamente, imposibilitado de ejercer cualquier actividad laboral que le permita subsistir por sus propios medios, y sobre todo el cumplimiento de todos los parámetros establecidos por Ley que le permitirían acogerse a la jubilación por invalidez. En este trabajo se utilizó un tipo de diseño no experimental, transversal, cualitativo y cuantitativo, con un alcance descriptivo, un método científico de nivel empírico del conocimiento, para lo cual se realizó un análisis documental; las técnicas utilizadas fueron la encuesta y la entrevista, por lo que se extrajo datos de los años 2017, 2018 y 2019 de la base estadística del Seguro de Pensiones de la Seguridad Social. Posterior a la culminación de la investigación se realizó un análisis con el que se concluye que, el accionar del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en cuanto a su negativa al momento de acceder a los beneficios que el IESS ofrece a sus afiliados: condicionan injustificadamente las prestaciones sociales vulnerando los derechos y principios constitucionales, específicamente el derecho del trabajador a la jubilación por invalidez, cuando su patrono se encuentra en mora de sus obligaciones patronales, transgrediendo lo expresado en el artículo 34 de la Constitución de la República del Ecuador, declarado como derecho irrenunciable del trabajador |
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