La conservación de cesantías de las y los deudos en base al tiempo cotizado, vulnera el derecho irrenunciable a la seguridad social y seguridad jurídica

La presente investigación aborda lo concerniente a como lo dispuesto en el Reglamento Régimen de transición seguro vejez y muerte, en cuanto al periodo de conservación de derecho a través de la fórmula de cálculo de la conservación de la cesantía y los deudos en base al tiempo cotizado vulnera el de...

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מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Hernández López, Hugo Fernando (author)
פורמט: bachelorThesis
שפה:spa
יצא לאור: 2022
נושאים:
גישה מקוונת:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14869
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סיכום:La presente investigación aborda lo concerniente a como lo dispuesto en el Reglamento Régimen de transición seguro vejez y muerte, en cuanto al periodo de conservación de derecho a través de la fórmula de cálculo de la conservación de la cesantía y los deudos en base al tiempo cotizado vulnera el derecho irrenunciable a la seguridad social y seguridad jurídica. A este tenor se plantea como objetivo desarrollar un análisis jurídico, respecto de cómo la conservación de la cesantía de las y los deudos en base al tiempo cotizado, vulnera el derecho irrenunciable a la seguridad social y seguridad jurídica. En virtud de lo cual se ha considerado indispensable dividir el epígrafe en tres capítulos, el primero comprende la fundamentación teórica, doctrinaria y epistemológica respecto a los postulados fundamentales sobre el derecho a la seguridad social; el segundo se relaciona con la metodología la misma que en función de los objetivos investigativos se optó por un enfoque mixto cuali-cuantitativa de cohorte transversal, no experimental de tipo descriptiva. Destacando entre los principales resultados obtenidos a través de la técnica de la entrevista realizada a profesionales del derecho especialistas en materia constitucional que el 77% de los mismos advierten la incurrencia por parte del régimen seguro vejez y muerte en cuanto al tiempo de conservación de derechos que vulneran gravemente los derechos reconocidos en la Constitución en cuanto al derecho irrenunciable a la seguridad social y seguridad jurídica e incluso soslayan tratados internacionales de derechos humanos.