La detención de personas que no hablan el idioma en el que se sustancia el procedimiento y el incumplimiento del debido proceso
La Constitución de la República, en sus artículos 76 y 169, garantiza a los ciudadanos el derecho al debido proceso, mismo que incluye varias garantías básicas, en especial de protección a los procesados en el desarrollo del proceso penal; dentro de las mismas existe una que merece especial atención...
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| 1. Verfasser: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Sprache: | spa |
| Veröffentlicht: |
2016
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| Online Zugang: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4255 |
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| Zusammenfassung: | La Constitución de la República, en sus artículos 76 y 169, garantiza a los ciudadanos el derecho al debido proceso, mismo que incluye varias garantías básicas, en especial de protección a los procesados en el desarrollo del proceso penal; dentro de las mismas existe una que merece especial atención en el desarrollo de este trabajo numeral 7, literal f, la que claramente establece que las personas que se encuentren inmersas en un proceso legal, tienen derecho a que se les proporcione de parte del Estado un traductor o interprete en forma gratuita, cuando no hablen el idioma español, garantía que debe ser ejecutada por los encargados de administrar justicia en nuestro país. Es importante anotar que los derechos de todas las personas privadas de libertad se encuentran protegidos tanto por la Norma Suprema de la República como por los tratados internaciones de derechos humanos y otras normas internacionales como los principios de protección creados especialmente para seguridad de los privados de libertad elaborado por las Naciones Unidas, y al verificar que estas garantías no se han cumplido en forma efectiva por las autoridades competentes se hace necesario elaborar un estudio a fondo, a fin de solicitar que promueva la formación de peritos especializados en diferentes idiomas y así poder garantizar la efectiva aplicación de esta norma a favor de quienes no hablan nuestra lengua materna. |
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