La acción de protección por actos u omisiones de autoridad pública no judicial y la seguridad jurídica

La acción de protección es una garantía jurisdiccional tutelar que se interpone con el objeto de amparar los derechos constitucionales que no pueden ser protegidos por una garantía específica. En referencia a ello el artículo 88 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que se puede int...

Cur síos iomlán

Sábháilte in:
Sonraí bibleagrafaíochta
Príomhchruthaitheoir: Quinatoa Quisintuña, Tamia Coralia (author)
Formáid: bachelorThesis
Teanga:spa
Foilsithe / Cruthaithe: 2022
Ábhair:
Rochtain ar líne:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/15151
Clibeanna: Cuir clib leis
Níl clibeanna ann, Bí ar an gcéad duine le clib a chur leis an taifead seo!
Cur síos
Achoimre:La acción de protección es una garantía jurisdiccional tutelar que se interpone con el objeto de amparar los derechos constitucionales que no pueden ser protegidos por una garantía específica. En referencia a ello el artículo 88 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que se puede interponer esta acción contra actos u omisiones de autoridad pública no judicial. Es imperativo indicar que la Función Judicial se compone por los órganos jurisdiccionales, administrativos, autónomos y auxiliares. Por ende, haciendo uso de la interpretación gramatical de la norma se entiende que no se puede interponer la acción de protección contra ningún acto emitido por la Función Judicial. La regla vulnera el derecho a la seguridad jurídica por no clarificar el alcance de interpretación del artículo 88 de la norma suprema. Ante ello, el problema científico se plantea como como la imposibilidad de plantear acción de protección en contra de los actos u omisiones de la Función Judicial vulnera el derecho a la seguridad jurídica. El objetivo general analizará como la interpretación gramatical del artículo 88 de la Constitución de la República y artículo 41 numeral 1 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional sobre la imposibilidad de plantear acción de protección en contra de los actos u omisiones de la Función Judicial garantizará el derecho a la seguridad jurídica. La metodología se aplicó mediante entrevistas a los profesionales del derecho constitucional para sugerir una solución a la problemática.