La unión de hechos: anomia procidemental para su constitución y terminación
El derecho constitucional ecuatoriano desde el año1978, reconoce la legalidad de la unión de hecho, transformando y protegiendo el orden patrimonial de la familia, fuera del matrimonio, regulada mediante la Ley 115, en la Constitución del 1998 establece requisitos fundamentales que garantizan a esta...
Sábháilte in:
Príomhchruthaitheoir: | |
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Formáid: | masterThesis |
Teanga: | spa |
Foilsithe / Cruthaithe: |
2015
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Ábhair: | |
Rochtain ar líne: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/482 |
Clibeanna: |
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Achoimre: | El derecho constitucional ecuatoriano desde el año1978, reconoce la legalidad de la unión de hecho, transformando y protegiendo el orden patrimonial de la familia, fuera del matrimonio, regulada mediante la Ley 115, en la Constitución del 1998 establece requisitos fundamentales que garantizan a esta figura jurídica, más en la Constitución de la República del Ecuador 2008 (vigente), trastorna absolutamente los conceptos anteriores, garantizando y reconociendo a las familias con vínculo matrimonial y a las familias con libre de vínculo matrimonial, generando los principios personales de derechos y obligaciones, aún más, el estado le brinda protección por ser parte de un núcleo fundamental de la sociedad y estas se constituyen por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. Determinando a la unión de hecho como una unión estable y monogámica entre dos personas de diferentes sexos, libres de vínculo matrimonial. |
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