La eutanasia, una visión para el reconocimiento jurídico en el Ecuador.

La eutanasia o también llamada muerte digna, consiste en la intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura, es la muerte sin sufrimiento físico (Diccionario RAE), la eutanasia, permite al paciente desahuciado o a sus familiares decidir voluntariamente acelera...

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গ্রন্থ-পঞ্জীর বিবরন
প্রধান লেখক: Quito Coral, Roberth Vinicio (author)
বিন্যাস: bachelorThesis
ভাষা:spa
প্রকাশিত: 2023
বিষয়গুলি:
অনলাইন ব্যবহার করুন:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16542
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বিবরন
সংক্ষিপ্ত:La eutanasia o también llamada muerte digna, consiste en la intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura, es la muerte sin sufrimiento físico (Diccionario RAE), la eutanasia, permite al paciente desahuciado o a sus familiares decidir voluntariamente acelerar la muerte con la intención de evitar sufrimiento y dolor innecesario. La palabra eutanasia deriva del griego eu = bien; y thánatos = muerte, esto es, buena muerte, dulce y libre de sufrimientos, (Pérez, 2008) lo usó por primera vez Francisco Bacón en el siglo XVII. En Ecuador, no está reconocida la eutanasia por lo que, en la presente investigación se analiza los elementos que justifican su incorporación en la legislación ecuatoriana, obteniendo datos de la normativa internacional y nacional: constitucional y legal. El tema ha generado mucha controversia, pues el hecho de forzar la supervivencia del cuerpo más allá de lo que una persona soportaría en condiciones naturales, puede provocar un daño innecesario a la integridad, tanto física como mental a la persona, e incluso ser más perjudicial que dejarla morir (Carpizo & Valadés, 2010). La persona enferma, tiene derecho a tomar la decisión de morir para evitar procedimientos paliativos que en una fase terminal solo consigue irrogar un gran daño físico y mental , más que mejorar su situación. Tratar de mantener viva a una persona sin expe ctativas razonables de vida puede provocar la vulneración de sus derechos a la dignidad, libre desarrollo de la personalidad e integridad (Bonilla, 2011, pág. 174).