Alcohol, conducción y cárcel: penas impuestas en contravenciones de tránsito y el principio de rehabilitación integral
Para justificar la presente investigación, es necesario empezar definiendo que es el alcohol, la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo cataloga como una droga depresora que incluso en pequeñas cantidades puede llegar a afectar a la conducción, pues las primera células en ser afectadas por el lic...
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| Main Author: | |
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| Format: | bachelorThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2017
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| Subjects: | |
| Online Access: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6443 |
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| Summary: | Para justificar la presente investigación, es necesario empezar definiendo que es el alcohol, la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo cataloga como una droga depresora que incluso en pequeñas cantidades puede llegar a afectar a la conducción, pues las primera células en ser afectadas por el licor son las de la corteza cerebral, las cuales son las responsables de: el pensamiento, el razonamiento y el juzgamiento, actitudes esenciales para que la conducción sea todo un éxito. Es por ello que la misma OMS declaró a los accidentes de tránsito enfermedad pública, lamentablemente son la segunda causa de muerte en el mundo, incluso que entre el 70 al 90 por ciento de los siniestros fueron provocados por el factor humano y específicamente por conducir embriagado. Este hecho nos lleva a la conclusión de que se debe dar una suma importancia al principal enemigo del conductor, el alcohol. Una vez que se produce el accidente, el conductor responsable del siniestro es llevado a los Tribunales, en nuestro país, Ecuador, se considera contravención con tipificación en el Código Orgánico Integral Penal en el artículo 385, el conducir con una cantidad de alcohol superior a 0.3 grados en la sangre (la pena depende de la escala, varía de 5 a 30 días). Lamentablemente, las personas que corren el riesgo de manejar bajo los efectos del licor son personas que lo beben de manera habitual, muchos de ellos después del informe psicológico y toxicológico, son considerados como ebrios consuetudinarios o alcohólicos dependientes. |
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