El nombramiento de la autoridad del cuerpo de bomberos y la designación del funcionario de mayor jerarquÍa

En la sociedad ecuatoriana los Cuerpos de Bomberos tienen como finalidad según establece el artículo 3 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público garantizar la seguridad integral de la población, tienen funciones de prevención, detección, disuasión, investigación y contr...

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Main Author: Paredes Veintimilla, Jonatan Eduardo (author)
Format: bachelorThesis
Published: 2021
Subjects:
Online Access:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13076
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Description
Summary:En la sociedad ecuatoriana los Cuerpos de Bomberos tienen como finalidad según establece el artículo 3 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público garantizar la seguridad integral de la población, tienen funciones de prevención, detección, disuasión, investigación y control del delito, así como de otros eventos adversos y amenazas a las personas, con el fin de garantizar sus Derechos Constitucionales y la convivencia social pacífica, en ese marco realizan operaciones coordinadas para el control del espacio público; prevención e investigación de la infracción; apoyo, coordinación, socorro, rescate, atención pre hospitalaria y en general, respuesta ante desastres y emergencias1. Al considerarse esta una Entidad de Seguridad Ciudadana sus miembros deben ser de carrera al referirnos a esto se dice que quien forme parte de esta entidad debe ser capacitado y tener una formación sobre el trabajo que deba desempañar de la misma forma se regulara su ingreso, selección y evaluaciones así como también sus ascensos de ser necesario, Guillermo Cabanellas en su Diccionario Jurídico Elemental publicado en 1993 menciona que capacidad dentro del campo jurídico es la aptitud o idoneidad que se requiere para ejercer una profesión, oficio u empleo, por lo cual para desempeñar un trabajo como es el formar parte del Cuerpo de Bomberos se debe cumplir con estos requisitos para Garantizar así una verdadera Seguridad a la ciudadanía. Para la organización y elección de las Autoridades de los Cuerpos de Bomberos se definirán por el ámbito de la gestión en el nivel directivo o técnico operativo, el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público nos menciona en su artículo 14 que la primera autoridad del nivel directivo será electa de una tema de candidatos compuesta por las personas de carrera que cuenten con mayor jerarquía y antigüedad en la entidad, conforme los procedimientos establecidos para cada entidad, el nivel técnico operativo está conformado por el 1 Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, 2017, articulo 3 2 personal de carrera de las entidades de seguridad, que desempeñan los roles de supervisión y ejecución operativa2, por lo cual como la ley establece se debe tomar en cuenta estos requisitos para la elección de la máxima autoridad del Cuerpo de Bomberos, Guillermo Cabanellas en su Diccionario Jurídico Elemental publicado en 1993 menciona que jerarquía es el orden y grado entre personas o cosas lo cual determina en aquellas las atribuciones y el mando y en estas la importancia, preferencia o valor. Categoría y empleo. Así como también la antigüedad que es quien se encuentre más tiempo en la entidad siempre y cuando sean de carrera3 por lo cual debe cumplirse esto para garantizar que se cumplan los derechos de quienes sean candidatos para ser la máxima autoridad del nivel directivo de las entidades de seguridad ciudadana.