Las interceptaciones de comunicaciones como medio de prueba dentro del proceso penal y la violación al derecho constitucional de intimidad
El problema planteado es relevante, toda vez que las interceptaciones telefónicas son una diligencia de investigación de la fase pre procesal, ya que tienen como objetivo principal la averiguación del cometimientos de delitos, sobre todo en el caso de Asociación Ilícita o Delincuencia Organizada, si...
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Format: | masterThesis |
Langue: | spa |
Publié: |
2019
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Sujets: | |
Accès en ligne: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9892 |
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Résumé: | El problema planteado es relevante, toda vez que las interceptaciones telefónicas son una diligencia de investigación de la fase pre procesal, ya que tienen como objetivo principal la averiguación del cometimientos de delitos, sobre todo en el caso de Asociación Ilícita o Delincuencia Organizada, sin embargo es necesario tener en cuenta que en todo momento deben respetarse derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República del Ecuador y textos internacionales. Para López-Fragoso Álvarez las intervenciones telefónicas son “aquellas medidas instrumentales restrictivas del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones privadas, ordenadas y ejecutadas en la fase instructora de un proceso penal bajo la autoridad del órgano jurisdiccional competente, frente a un imputado, o de otros sujetos de los que éstos se sirva para comunicarse con el fin de, a través de la captación del contenido de lo comunicado o de otros aspectos del proceso de comunicación, investigar determinado delitos, averiguar al delincuente y, en su caso aportar al juicio determinados elementos probatorios”. |
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